miércoles, 24 de septiembre de 2008

Presentación de G. Andreau al libro "A la BÚSQUEDA del TESORO PERDIDO" del Dr. Sandler

El libro del Dr. Sandler nos acerca con claridad a la respuesta buscada desde 1810, "el pueblo quiere saber de que se trataba la Revolución de Mayo". En aquel tiempo un puñado de hombres intentaban repetir en el Rió de la Plata, la gesta de las tres grandes revoluciones del mundo moderno, la inglesa, la americana y la francesa. Aquella Revolución significaría básicamente, el cambio del Derecho y la Propiedad de los antiguos, al Derecho y la Propiedad de los modernos.


Guiado por Manuel Belgrano, Rivadavia, el 16 de marzo de 1826 sanciona la "Ley Nacional de Enfiteusis", donde se renuncia a la propiedad de los antiguos, para adoptar sobre la tierra patria, la propiedad de los modernos. Mas tarde guiado por Juan Bautista Alberdi, Urquiza sanciona "la Declaración de Derechos" con la Constitución en 1853, donde abandonamos "el derecho colectivista de los antiguos", para adoptar "el Derecho individual de los modernos".


Los principios de la Revolución estaban claramente definidos y como consecuencia de ellos surge la forma Representativa, Republicana y Federal de gobierno. Restaba en un lento "proceso evolutivo", redactar las leyes que reglamenten su ejercicio.


En 1869 Dalmacio Vélez Sarfield, –siguiendo los pasos de la sangrienta y desastrosa experiencia francesa- redacta el Código Civil, donde elimina la Ley de Enfiteusis y pone en contradicción al Derecho de los modernos de 1853. El Código Civil fue la herramienta para reestablecer el antiguo régimen, en el corazón de la Revolución. Alberdi en su desesperada critica al Código Civil diría, "La Constitución Nacional mira al Sur y el Código Civil mira al norte" y sentenciaría: "El Código Civil de Vélez terminará con el Federalismo y con la Republica…. como puede ser que estemos sancionando una Constitución Civil "Unitaria" cuando la Constitución Nacional es Federal". "Sancionar este Código y veréis todos los días cambiar la base de la propiedad, el sistema de los contratos…. y las atribuciones de los gobernantes". "el Código Civil de Vélez degradará el trabajo hasta hacerlo digno del esclavo y realzará el robo y el latrocinio como fuentes genuinas de la propiedad". "El Código Civil de Vélez en la superficie respeta la propiedad privada, pero en el fondo es comunista"… "el Código Civil de Vélez es imperial, jerárquico y antidemocrático". "El Código Civil de Vélez será más poderoso que todos los ejércitos del Brasil para anexionar la sociedad Argentina a la del Brasil"… "es extraño que el Código Civil de Vélez consulta todas las leyes del mundo extranjero menos la ley fundamental de la República Argentina". "Como vamos a sancionar un Código que declara derechos relativos enfrentados a los derechos fundamentales declarados en la Constitución".


El esfuerzo de Alberdi por evitar la sanción del Código fue en vano, el Código con más de 4000 artículos se sanciono a libro cerrado sin mediar debate. El paradigma dominante en la generación de 1880 sustituyó al paradigma desafiante de la generación de Mayo que Alberdi tenazmente sostenía prácticamente en soledad. La revolución de Mayo comenzaba a ser puesta patas para arriba.


El Riojano Joaquín Víctor González se encargará de difundir las ideas de la "contra-revolución de Mayo" mediante la educación publica, gratuita y dirigida por el Estado, generando en las Universidades Argentinas un relativismo jurídico y moral, que llevaron a la argentina a su decadencia. Gracias a este mecanismo desarrollado en el campo de la educación, nadie sabe con precisión que fue la Revolución de Mayo, que la enfiteusis, quien fue Manuel Belgrano y quien Juan Bautista Alberdi, los padres de la patria fueron transformados en dos ilustres desconocidos.

Para intentar solucionar el “dilema” de la propiedad de los antiguos, se abrió en Europa un abanico de filosofías e ideologías que lograron un mundo bipolar; izquierda y derecha. Comunismo y fascismo son las dos caras de una misma y falsa moneda que impide despejar la niebla, que se cierne sobre el verdadero problema. Estos errores condujeron al mundo a un sombrío Siglo XX, el viejo mounstuo se devoro a más de 180 millones de personas en este periodo.

Debemos aclarar que lo que con tanta claridad vieron los fisiocratas (Belgrano) en el Siglo XVIII, se vio amortiguado por los efectos de la revolución industrial y la conquista de America. La revolución Industrial con su notable aumento de la productividad hasta nuestros días, logro cambiar las circunstancias y eso logró que un problema que estaba visible a flor de piel vuelva a hacerse invisible.

Es importante señalar que "la propiedad de los antiguos" ha sido la causa de la caída de Roma “el latifundio hará perecer a Roma” y la causa germinal de todas las guerras durante siglos en Europa.
Solo en el desierto alberdiano que sigue siendo la argentina, la propiedad de los antiguos provocó: En 1912 "El grito de Alcorta". En 1949 logra vencer a la constitución fundadora y con ella cae el derecho de los modernos para nunca más regresar. Se sanciona “la ley de alquileres” de Perón. En la década del 70 mas de 40.000 muertos. En la década del 80 con las hiperinflaciones se estiman en más de 12.000 muertos. En 2001 la confiscación de los depósitos produjo más de 20.000 muertes por infarto. Fuente Sociedad Argentina de Cardiología. En 2008 en el conflicto de las retenciones móviles, "un voto, NO POSITIVO" evita la guerra civil en la argentina, mientras okupas, cartoneros, desocupados, tumberos, villas miseria, crímenes, asaltos, incendio de trenes y la ruptura del tejido social son la cara sorprendida y la antesala de nuevos y violentos días en nuestro país. Todo lo que no destruya al monstruo lo multiplica

Bolivia en estos días se prepara para dar al mundo el dantesco espectáculo de los horrores que desatará el monstruo que nace como consecuencia de las tensiones creadas por la propiedad de los antiguos. Con la explosión de la Burbuja hipotecaria en los EE.UU. estamos asistiendo al mismo conflicto que en 1949 arraso con los derechos individuales de los argentinos.

Cuando en la Universidad estudie los “factores de producción” Tierra, Trabajo y Capital; según lo descrito por Adam Smith, había una tendencia académica a subordinar la tierra al capital, ya que como parece “lógico” si la función del capital es adquirir equipamiento, con el mismo capital se puede conseguir la tierra.
Comprendo ahora, después de haber leído el libro de Sandler que la Tierra es un factor totalmente independiente y lo es por su naturaleza. Los fisiócratas en el Siglo XVIII tenían el problema a la vista, lo podían ver con claridad.


Con las crisis de comienzo de Siglo XXI el problema emerge y vuelve a hacerse claramente visible el conflicto, la propiedad de los antiguos -como nos enseña la mitología- genera un monstruo que cada tanto sale de su cueva y se devora a la humanidad. Se ha devorado a Europa, se devoró a la Argentina y en estos días se esta devorando a Bolivia y a los EE.UU..

Cuando veía a Coulanges, Condorcet y Alberdi utilizar el “Derecho y la propiedad de los antiguos y/o modernos”, pensaba que derecho y propiedad era un mismo concepto, una misma idea, leyendo a Sandler advierto que son dos ordenes de naturaleza diferente; pero que si no cambian los dos juntos, el uno -a la corta o a la larga-, termina destruyendo al otro, Es decir, la propiedad de los antiguos destruye al derecho de los modernos -Argentina 1949 y EE.UU 2008- y viceversa el derecho de los antiguos termina destruyendo a la propiedad de los modernos –inducción al comunismo-.


La propiedad de los modernos resucitada por Sandler en este libro, no podía llegar en mejor momento. Revive la necesidad de revisar el ideario de la Revolución de Mayo, a la vez que deja al descubierto el difícil enigma que debemos resolver para vencer al viejo y mitológico monstruo, que amenaza con devorarnos a todos.


Guillermo AndreauSábado 27 de septiembre de 2008
Saturno -Dios de la agricultura y la cosecha- devorando a su hijo de Goya

lunes, 22 de septiembre de 2008

LA PROPIEDAD DE LOS MODERNOS: Enfiteusis, Fisiocracia y Georgismo















Enfiteusis
La enfiteusis (del griego emphyteusis, procedente del griego ἐμφύτευσις, "instauración" o "implantación"), también denominado censo enfitéutico, es un derecho real que supone la cesión del dominio útil de un inmueble, a cambio del pago anual de un canon, y de un laudemio por cada enajenación de dicho dominio. En algunos ordenamientos jurídicos esta cesión puede tener carácter perpetuo.
Dominio directo frente a dominio útil
La enfiteusis o censo, lleva consigo la disociación del dominio entre el dominio directo, correspondiente al propietario, y el útil, el de la persona que usa y aprovecha la finca. La falta de pago del canon por parte del titular del dominio útil puede llevar consigo el comiso de ese dominio por el titular del dominio directo, que vuelve a la situación de la propiedad anterior a la institución de la enfiteusis.
Derecho real
El enfiteuta podrá hacer valer su derecho frente a cualquier persona que perturbe su dominio útil. Esto incluye, como es lógico, la eventual perturbación proveniente del propietario de la cosa, con lo que gran parte de la doctrina considera que las facultades del enfiteuta no nacen con la constitución de la enfiteusis, sino que son una mera transmisión de parte de las facultades que conlleva el dominio.


Fisiocracia
La fisiocracia o fisiocratismo era una escuela de pensamiento económico del siglo XVIII fundada por Francois Quesnay y Anne Robert Jacques Turgot en Francia. Afirmaba la existencia de una ley natural por la cual el buen funcionamiento del sistema económico estaría asegurado sin la intervención del gobierno. Su doctrina queda resumida en la expresión «laissez faire, laissez passer» (dejar hacer, dejar pasar).
El origen del término fisiocracia proviene del griego y quiere decir "gobierno de la naturaleza", al considerar los fisiócratas que las leyes humanas debían estar en armonía con las leyes de la naturaleza. Esto está relacionado con la idea de que sólo en las actividades agrícolas la naturaleza posibilita que el producto obtenido sea mayor que los insumos utilizados en la producción surgiendo así un excedente económico. Los fisiócratas denominaron de estériles a las actividades como la manufactura o el comercio donde la producción solo sería suficiente para reponer los insumos utilizados
El fisiocratismo como primera doctrina económica liberal
La fisiocracia surge como una reacción de tipo intelectual a la común concepción de la vida intervencionista del pensamiento mercantilista. Y para ahondar más las diferencias, estudiaron las fuerzas reales que conducen al desarrollo y creación del valor físico, siendo que François Quesnay, en su obra Tableau Economique, elaboró la primera descripción de la economía como un flujo circular de bienes y dinero. Este flujo de bienes a cambio de dinero se daría entre tres clases sociales: los agricultores, los terratenientes, y los comerciantes e industriales. Para Quesnay, que era médico, la circulación de la riqueza en una nación era como la circulación de la sangre en el cuerpo.
Los fisiócratas consideraban que toda la riqueza venía de la tierra y que, de todas las demás ramas de la actividad, sólo la agricultura producía más de lo que se necesitaba para mantener a los que se ocupaban de ella. Al provenir de la tierra el único excedente, hacia ella debía dirigirse el estado para obtener fondos, por lo que propugnaban el impuesto único sobre la tierra y sugerían la anulación de todos los establecidos por los mercantilistas. La tendencia general de los fisiócratas es el libre cambio. La tarea del economista se reduce a descubrir el juego de las leyes naturales. La intervención del estado es inútil, pues no haría otra cosa que interferir ese orden esencial. El interés de los fisiócratas se concentraba en gran medida en la definición de una estrategia macroeconomía de desarrollo que incluyera políticas coherentes.


Georgismo
El georgismo —comúnmente llamado así por Henry George, su más conocido teórico—, geoísmo o geonomía, es una filosofía política e ideología económica que promulga que cada uno es dueño de aquello que logre crear, pero todo aquello que es proporcionado por la naturaleza, sobre todo la tierra, pertenece a toda la humanidad por igual. La forma de hacerlo es mediante un sistema que garantizando un profundo respeto a la propiedad privada (activos y rentas) grave con un sólo impuesto el uso de los bienes naturales (físicos e increados), impuesto calculado de acuerdo al valor en el mercado del bien. Dentro del georgismo existen diferencias en torno a qué uso darle a la renta extraída, que podrían ser principalmente: a) para el presupuesto público del Estado sustituyendo los impuestos abolidos, o b) algún tipo de renta ciudadana para la población, en donde ésta determinará su uso, pudiendo usarlos autogestionadamente o contratando con ellos servicios particulares.
Es de notar que el georgismo propone un sólo impuesto al valor del bien, y no impuestos a la productividad del bien ya que lo considera económicamente destructivo y criminalizador de la prosperidad y que tampoco propone canalizar todos los fondos en servicios asistenciales públicos, al menos no necesariamente, ya que considera aumenta la burocracia y quita la libertad a los beneficiados de administrar tales fondos como mejor les parezca. Además este programa incluye la eliminación de todos los demás impuestos existentes.
Teoría
Los georgistas aducen que la totalidad de la renta económica (es decir, los ingresos no ganados) recogidos de la tierra, el espectro de radiodifusión, la extracción de minerales, los permisos de emisión comercializables, las cuotas de pesca, el uso de las corredores de vías aéreas, órbitas espaciales, etc. y beneficios extraordinarios de los monopolios naturales deben ir a la comunidad antes que al propietario y que ningún otro impuesto o regulación económica debe ser aplicada. En la práctica esto implica un alto impuesto al valor de la tierra, aunque ningún cambio en los precios de la renta de la tierra fuera de los derivados de la eliminación de otros impuestos y regulaciones por razones inicialmente explicadas por Adam Smith en La riqueza de las naciones. Con la venida del «impuesto único», el Estado puede y debe evitar gravar cualquier otra clase de ingreso, riqueza o transacción.
Henry George se consideraba continuador del liberalismo y la tradición clásica del laissez faire de Smith, Ricardo, Mill, incluyendo predecesores en algunos puntos como Thomas Paine (notorio por Justicia agraria), Benjamín Franklin, Willam Penn, Hebert Spencer y los fisiócratas. Tradición que a su vez pretendía conciliar con las reivindicaciones socialistas, en especial las no centralistas.
[...]lo que he hecho en este libro [...] es unir la verdad percibida por la escuela de Smith y Ricardo, a la verdad percibida por Proudhon y Lasalle; demostrar que el laissez-faire (en su sentido auténtico y completo) abre el camino a la realización de los nobles sueños del socialismo; identificar la ley social con la ley moral, y rechazar ideas que ensombrecen las mentes de algunos para las percepciones grandes y elevadas.
Henry George, Progreso y miseria
El laissez faire, en la verdadera plenitud de su significado, flanquea el camino a la realización del noble sueño del socialismo; identificar la ley social con la ley moral y reprobar ideas que en muchos pensamientos oscurecen grandes y elevadas percepciones.
Henry George, Progreso y miseria
Las ideas georgistas sobre la propiedad privada, al igual que las de los economistas clásicos, derivaban de la tradición británica de la ley natural, especialmente de John Locke: el derecho de propiedad era un «derecho natural sagrado», innato e inalienable. Sólo que consideraban que esta interpretación de la justificación de la propiedad privada basada en el trabajo era incompleta, pues la propia tradición iusnaturalista enseñaba que la tierra y los recursos naturales habían sido entregados a toda la humanidad en común.
La teoría económica común reconoce que un impuesto sobre el valor de la tierra sería muy eficiente.2 Economistas modernos como el Premio Nobel de 1976 Milton Friedman estaba de acuerdo con que el impuesto sobre la tierra de Henry George es potencialmente beneficioso, porque a diferencia de otros impuestos, los impuestos sobre la tierra no imponen exceso de carga sobre la economía y, por tanto, estimulan un crecimiento económico más rápido.
La idea de la tierra como propiedad común de la humanidad ha resonado en los ambientalistas de tiempos modernos, y algunos han respaldado la idea de una reforma fiscal ecológica (ecotasas) como un reemplazo a la reglamentación de mando y control. Esto incluiría los impuestos sobre el uso de la tierra y los recursos naturales, incluidos los impuestos sustanciales o tasas por contaminación.
Programa
El georgismo intenta que existan organismos participativos con asesoría tecnica-profesional que promuevan unas directrices flexibles, que tiendan a ser federados, que tengan en cuenta la diversidad de situaciones locales, para la estructuración de las reglas de convivencia en torno a la obtención y uso de los recursos obtenidos del impuesto único, buscando siempre el máximo consenso posible entre las partes implicadas. No pretende una planificación formal, rígida e impositiva, sino el pleno ejercicio de las libertades individuales y el librecambio en igualdad de oportunidades.
Sinónimos y variantes
La mayoría de los grupos de promoción temprana se describieron como Single Taxers (de un sólo impuesto), y George hizo suya esta como una descripción exacta de la circulación principal del objetivo político de la sustitución de todos los impuestos con un impuesto al valor de la tierra. En la era moderna, hay grupos inspirados por Henry George, con más de un énfasis en la ecología o la economía monetaria.
En el mundo económicamente más complejo de hoy en día, un cambio rápido y profundo al impuesto al valor de la tierra es un idea muy difícil de promocionar políticamente por lo que el término «georgista» se ha vuelto en boga, siendo un término más general que abarca incluso a los cambios progresivos de reemplazar los impuestos injustos y económicamente destructivos sobre la actividad económica por la recuperación de la renta económica de las tierras para los fines y beneficios del público que crea valor de la tierra.
Geoísmo o georgismo
Georgismo es el nombre más popular para esta idea, convirtiéndose prácticamente en sinónimo del «impuesto único» sobre la tierra, sin embargo no es el más adecuado técnicamente ya que sería preferible el uso de un término genérico.3 La etiqueta «georgista» no es del todo satisfactoria, Henry George es ahora poco conocido, y el principio es anterior a él.
Hubo una escuela de economistas que percibió con claridad lo que es evidente para las percepciones naturales del hombre cuando no están influidas por la costumbre: que la renta de la propiedad común, la tierra, se ha de adjudicar al servicio de la colectividad. Los economistas franceses del último siglo, con Quesnay y Turgot al frente, propusieron exactamente lo que yo propongo: que todos los impuestos fuesen suprimidos, salvo uno sobre el valor de la tierra [...] Vieron la relación fundamental entre la tierra y el trabajo, que desde entonces se ha perdido de vista, y [...] llegaron a la verdad práctica, aunque tal vez por un razonamiento defectuosamente expresado.
Henry George
Por ello se utiliza también el término «geoísmo», con el significado de «Geo» deliberadamente ambiguo. «Compartir la tierra», «geoísmo», «geonomía» y «geolibertarismo» o «geoanarquismo». Estos términos reflejan una diferencia de énfasis, y, a veces, las diferencias reales sobre cómo la renta sobre la tierra debe ser gastada (renta ciudadana o simplemente ser un sustituto de otros impuestos), pero todos están de acuerdo en que la renta de la tierra debe recuperarse de sus beneficiarios privados.
Georgistas y simpatizantes famosos
Existen diversas personalidades que en algún momento de su carrera han propugnado las ideas georgistas, aunque sin necesariamente declararse como tales, han sido: Hebert Spencer, Leon Tolstoi, Sun Yat Sen, Hellen Keller, Wiston Churchill, Clarence Darrow, Albert Einstein, Silvio Gesell, Aldous Huxley, Blas Onfante (Padre de Andalucía), Joaquin Costa, Baldomero Argente, Julio Senador Gomez, Mumia Abu-Jamal, Henrry Ford, Albert Jay Nock, David Lloyd George, Mark Twain, William Morris, etc.
Influencia
En Gran Bretaña en 1909, el gobierno liberal de ese tiempo trató de poner en práctica sus ideas como parte del denominado Presupuesto del Pueblo. Esto causó una crisis que condujo indirectamente a la reforma de la Cámara de los Lores. Las ideas de George también se han tomado hasta cierto grado en Australia, Hong Kong, Singapur, Sudáfrica, Corea del Sur y Taiwán. En estos países, los gobiernos todavía extraen alguna forma de impuesto sobre el valor de la tierra, aunque con excepciones.
Hong Kong es quizás el mejor ejemplo actual de una aplicación con éxito de un alto impuesto sobre el valor de la tierra. El gobierno de Hong Kong genera más del 35% de sus ingresos de los impuestos sobre la tierra. Debido a esto, pueden mantener a sus otros impuestos bajos o inexistentes, y aún mantener un superávit presupuestario.
Comunidades de un solo impuesto existentes:
• Arden, Delawere, fundada en 1900 por Frank Stephens y Will Price.
• Fairhope, Alabama, fundada 1894 por Fairhope Single Tax Corporation.

viernes, 19 de septiembre de 2008

EL POSITIVISMO JURÍDICO ES EL ARMA DEL DESPOTISMO

EL POSITIVISMO JURÍDICO SEPARÓ LA MORAL DEL DERECHO COMO DOS ENTES INDEPENDIENTES ORIGINANDO LO QUE CONOCEMOS COMO RELATIVISMO MORAL QUE ES LA FILOSOFÍA QUE CONSIDERA QUE TODO PUEDE SER VERDAD, POR LO TANTO LA VERDAD ES UNA ENTIDAD CARENTE DE SENTIDO. DE ESTE MODO LOS INTELECTUALES HAN CONTRIBUIDO A LOS ASESINATOS EN MASA EN NOMBRE DE UNA TEORÍA O DE UNA IDEOLOGÍA.

Influenciado por el exito de las Ciencias Fisicas y Biologicas en el Siglo XIX, Hans Kelsen quiso hacer del Derecho una "Ciencia" fruto de la razón humana.




MARIO BUNGE HABLA SOBRE "EL POSITIVISMO JURÍDICO" PSEUDOCIENCIA FUENTE DEL DERECHO EN LA ARGENTINA QUE HA LLEVADO AL DERECHO A UNA SITUACIÓN INMORAL Y ABSURDA Y QUE HA CAUSADO SOLO EN EL SIGLO XX LA MUERTE DE MAS DE 180 MILLONES DE PERSONAS EN EL MUNDO Y QUE EN EL SIGLO XXI ESTA PRODUCIENDO UNA TENSIÓN DE CIVILIZACIÓN QUE PRODUCIRÁ NUEVOS E IMPREDECIBLES HOLOCAUSTOS MODERNOS.



Hans Kelsen fue la primera victima de su propia medicina y es perseguido por el nazismo.
Hegel y Hans Kelsen son los principales responsables de los crímenes del Nazismo -y del relativismo moral y jurídico del Siglo XX- al darle por intermedio del Derecho -ahora “racional y científico”- al gobierno de turno el arma para cometer todo tipo de crímenes en su nombre.




Carl Schmitt mas tarde corre la misma suerte de Kelsen




EL POSITIVISMO JURIDICO NACE CON HEGEL QUIEN DECIA: “LA HISTORIA UNIVERSAL ES EL TRIBUNAL UNIVERSAL, QUIEN TIENE LA FUERZA PONE LA LEY”




El Derecho no es una ciencia, es –como lo afirmara el Jurista Enrique Gherssi “una rama de la literatura” ligada desde sus comienzos –griegos y romanos- a la retórica -genus iudiciale-.

LA CODIFICACIÒN FUE LA CONTRA-REVOLUCIÓN AL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LA REVOLUCIÓN DE MAYO DE 1810 -CRISTALIZADA EN LA CONSTITUCION DE 1853- REEDITANDO EL DERECHO Y LA PROPIEDAD DE LOS ANTIGUOS.

EL POSITIVISMO JURÍDICO DISEÑADO POR HANS KELSEN -QUE SE ENSEÑA EN LAS FACULTADES DE DERECHO DE AMERICA LATINA- LOGRO TRANSFORMAR AL DERECHO EN EL ARMA DEL DESPOTISMO, TRANSFORMANDO A AMERICA LATINA EN UN VERDADERO POLVORÍN DE EXTREMA PELIGROSIDAD.



ES NUESTRO DEBER FRENAR LOS EFECTOS DESBASTADORES DE UNA BARBARIE LETRADA AL SERVICIO DE LA DESTRUCIÓN DE LA CIVILIZACIÓN ABANDONANDO EL LETAL ESTADO DE DERECHO RECUPERANDO EL IMPERIO DEL DERECHO DE LA CONSTITUCIÓN FUNDADORA.

lunes, 15 de septiembre de 2008

Video CRITICAS A LA REVOLUCIÓN LIBERTADORA EN REUNIÓN DE LAS FF.AA.



Cuando derrocaron a Rosas; Alberdi, Urquiza y Sarmiento cambiaron el derecho y la propiedad de los antiguos por el sistema de respeto a los Derechos Individuales enmarcados en el Articulo 14 de la Declaración de Derechos de la Constitución de 1853.
Los sueños de la revolución de mayo de 1810 de crear un nuevo orden basado en el Derecho y la propiedad de los modernos fueron entrampados por la legislación que impidió la concreción del nuevo orden. El Código Civil fue la herramienta para reestablecer el antiguo régimen en el corazón de la Revolución.
El enfrentamiento entre dos ordenamientos legales antagónicos (el la de Constitución y el del Código Civil) fue creando situaciones de creciente tensión de civilización. En la lucha entre el alimento y el veneno solo el veneno puede triunfar.
La reforma Constitucional de 1949 definió el conflicto abrazando el derecho y la propiedad colectivista de los antiguos. La violencia política se instaló definitivamente para no abandonarnos.
Paradójicamente fue la llamada Revolución Libertadora quien pretendiendo revivir el orden perdido, incorpora el Articulo 14 Bis que relativiza definitivamente el Derecho liberando las fuerzas destructoras del Código Civil. Vale la pena recordar que en aquella Convención toda vez que fue convocada por el gobierno de la Revolución Libertadora no participio ningún peronista y, en cambio, fue integrada por los supuestos adversarios del justicialismo. Este hecho revela a las claras una gran falla en la cultura política argentina.

Mensaje Nº1 de Juan Bautista Alberdi sobre el Articulo 14 Bis


Alberdi dijo:
“la Declaración de Derechos debe ser una fortaleza inexpugnable por todos sus lados… para evitar que unos hombres en nombre del estado, puedan atacar a otros hombres".
“he colocado en el Articulo 14 un cerrojo de hierro a los avances del socialismo.”
“Pido a la política del futuro mantener inalterable esta constitución como único requisito para la continuidad de la paz y el progreso”.
El artículo 14 Bis abrió el cerrojo de hierro impuesto por Alberdi y el argentino perdió sus Derechos. Quedo así a merced del la voluntad de los gobernantes de turno.
Abandonamos el "Imperio del Derecho " para entrar en el catastrófico "Estado de Derecho" que ha llevado el país a la ruina.

Mensaje Nº 2 de Juan Bautista ALBERDI sobre El Codigo Civil



Alberdi en su magistral critica al Código Civil diría “La Constitución Nacional mira al Sur y el Código Civil mira al norte” y sentenciaría: “El Código Civil de Vélez terminará con el Federalismo y con la Republica…. como puede ser que estemos sancionando una Constitución Civil “Unitaria” cuando la Constitución Nacional es Federal”. “Sancionar este Código y veréis todos los días cambiar la base de la propiedad, el sistema de los contratos…. y las atribuciones de los gobernantes”. “el Código Civil de Vélez degradará el trabajo hasta hacerlo digno del esclavo y realzará el robo y el latrocinio como fuentes genuinas de la propiedad”. “El Código Civil de Vélez en la superficie respeta la propiedad privada pero en el fondo es comunista”… “el Código Civil de Vélez es imperial, jerárquico y antidemocrático”. “El Código Civil de Vélez será más poderoso que todos los ejércitos del Brasil para anexionar la sociedad Argentina a la del Brasil”… “es extraño que el Código Civil de Vélez consulta todas las leyes del mundo extranjero menos la ley fundamental de la República Argentina”. “Como vamos a sancionar un Código que declara derechos relativos enfrentados a los derechos fundamentales declarados en la Constitución”. Proyecto de Código Civil por Juan Bautista Alberdi. (Obras Completas Tomo VII Pag. 80 a 130) http://elrelativismojuridico.blogspot.com/2008_05_01_archive.ht

jueves, 11 de septiembre de 2008

Video: REFORMA IMPOSITIVA ¡¡¡YA!!!



El Dr. Hector Sandler -Titular de Filosofía del Derecho y de Derecho Civil de la UBA y Presidente del Instituto de Capacitación Económica de la UBA- nos muestra como implementar fácilmente la Ley de Enfiteusis de la Revolución de Mayo HOY.

La reforma impositiva termina con todos los impuestos al trabajo, a la inversión y al consumo; tres crímenes de lesa América.

Las consecuencias inmediatas serían el crecimiento ilimitado, el aumento del trabajo y la consecuente suba de los salarios. En el mediano plazo la argentina recuperara el liderazgo perdido.

2da.Parte Reforma Impositiva !!YA¡¡

miércoles, 10 de septiembre de 2008

La Fatal Arrogancia de la dirigencia politica Argentina

La equitación es el deporte de la nobleza. El gobernante debe mantener con su pueblo una relación de amor y sometimiento similar a la que debe desarrollar el jinete con su caballo. Deben actuar en “armonía” como un mismo organismo. Tienen un mismo objetivo que cumplir y el error de uno involucra consecuencias para ambos.

Quijote, el Caballero andante, es un intelectual dueño de una frondosa biblioteca. Su visión de la realidad esta distorsionada, su formación académica actúa como un lente que deforma la realidad.

El monumento al Quijote emplazado a mitad de camino del poder político Argentino, nos muestra con inmejorable precisión la relación existente entre el poder político y el pueblo.

El caballo totalmente desbocado y enloquecido representa a los miles de argentinos que violentados desfilan enfurecidos todos los días por allí, en inhumanas protestas.

Quijote representa a la clase política cambiando el rumbo 180 grados con toda seguridad, una vez más.

Paradójicamente en esta última oportunidad el Quijote parece señalarnos el rumbo de regreso en dirección a la Estación Constitución 1853/60.

La educación argentina ha construido esta peligrosa dirigencia política, que traicionando los principios de la Revolución de Mayo amenaza con conducir a nuestro país a la ruina definitiva.

Alberdi preocupado escribe LA BARBARIE LETRADA donde dice que existe una barbarie letrada mil veces mas peligrosa que la de todos los indios de America. En nuestras Universidades se esta criando una nueva casta al servicio de la destrucción de la civilización.



Ver

Mensaje Nº 4 de Juan Bautista ALBERDI sobre "La Educación"

martes, 9 de septiembre de 2008

PROLOGO de G. Andreau al último libro de Armando Ribas

Los artículos de Armando Ribas fundidos en este libro son un claro de luz en medio de la gran noche argentina. Armando ha sabido mantener durante todos estos años encendida la antorcha del pensamiento revolucionario de los hombres de Mayo guiados por Manuel Belgrano y cristalizado 43 años después por el Dr. Juan Bautista Alberdi que en el Articulo 14 de la Declaración de Derechos de la Constitución Nacional define con toda claridad “el Derecho y la propiedad de los modernos”.

Los sueños de la revolución de mayo de 1810 de crear un nuevo orden basado en el Derecho y la propiedad de los modernos fueron entrampados por la legislación que impidió la concreción del nuevo orden. La contrarrevolución estaba en marcha.

El Código Civil fue la herramienta para reestablecer el antiguo régimen en el corazón de la Revolución. Alberdi en su magistral critica al Código Civil diría La Constitución Nacional mira al Sur y el Código Civil mira al norte” y sentenciaría: El Código Civil de Vélez terminará con el Federalismo y con la Republica…. como puede ser que estemos sancionando una Constitución Civil “Unitaria” cuando la Constitución Nacional es Federal”. Sancionar este Código y veréis todos los días cambiar la base de la propiedad, el sistema de los contratos…. y las atribuciones de los gobernantes”. “el Código Civil de Vélez degradará el trabajo hasta hacerlo digno del esclavo y realzará el robo y el latrocinio como fuentes genuinas de la propiedad”. El Código Civil de Vélez en la superficie respeta la propiedad privada pero en el fondo es comunista”… “el Código Civil de Vélez es imperial, jerárquico y antidemocrático”. “El Código Civil de Vélez será más poderoso que todos los ejércitos del Brasil para anexionar la sociedad Argentina a la del Brasil”… “es extraño que el Código Civil de Vélez consulta todas las leyes del mundo extranjero menos la ley fundamental de la República Argentina”. “Como vamos a sancionar un Código que declara derechos relativos enfrentados a los derechos fundamentales declarados en la Constitución”. Proyecto de Código Civil por Juan Bautista Alberdi. (Obras Completas Tomo VII Pag. 80 a 130) http://elrelativismojuridico.blogspot.com/2008_05_01_archive.html

El esfuerzo de Alberdi por evitar la sanción del Código fue en vano, el Código con más de 4000 artículos se sanciono a libro cerrado sin mediar debate. El paradigma dominante en la generación de 1880 sustituyó al paradigma desafiante de la generación de Mayo que Alberdi tenazmente sostenía prácticamente en soledad.

El Riojano Joaquín Víctor González se encarga de difundir en las Universidades Argentinas un relativismo jurídico y moral que resulta del chambalache de ideas que llevaron a Europa a un sombrío Siglo XX y que condujeron a la muerte a más de 180 millones de personas en ese mismo periodo.

El Jurista Enrique Ghersi dice “El Código Civil es un epifenómeno del Derecho Canónico medieval”.

En el permanente choque entre el Código Civil y la Declaración de Derecho de 1853, la Constitución se impuso durante un tiempo por las condiciones geográficas del país de entonces: inmensas extensiones y casi nula población. Pudo entonces florecer la Argentina que asombraría al mundo. El enfrentamiento entre dos ordenamientos legales antagónicos (el la de Constitución y el del Código Civil) fue creando situaciones de creciente tensión de civilización. En la lucha entre el alimento y el veneno solo el veneno puede triunfar.

La reforma Constitucional de 1949 definió el conflicto abrazando el derecho y la propiedad colectivista de los antiguos. La violencia política se instaló definitivamente para no abandonarnos.

Paradójicamente fue la llamada Revolución Libertadora quien pretendiendo revivir el orden perdido, incorpora el Articulo 14 Bis que relativiza definitivamente el Derecho liberando las fuerzas destructoras del Código Civil. Vale la pena recordar que en aquella Convención toda vez que fue convocada por el gobierno de la Revolución Libertadora no participio ningún peronista y, en cambio, fue integrada por los supuestos adversarios del justicialismo. Este hecho revela a las claras una gran falla en la cultura política argentina.

Armando Ribas -siendo él mismo abogado- no titubea en definir a los actuales abogados como “IGNORANTES ILUSTRADOS”; Ignorantes porque desconocen el Derecho de los modernos, es decir el Derecho de civilización –entendiendo por civilización, al sistema que consigue conciliar la libertad con la seguridad personal y la seguridad sobre los frutos del trabajo del hombre, la propiedad-; E Ilustrados porque fueron formados en el paradigma de una legislación positiva que desvirtuando los principios constitucionales de la Argentina moderna -la pensada en Mayo de 1810-, genera conflictos sociales permanentes, paraliza la producción y es causa del atraso general.

Mario Bunge en la Feria del Libro 2008 declaró “El positivismo Jurídico es el arma del despotismo, es altamente inmoral y ha logrado separar la moral del Derecho….. ya que dice que el que tiene la fuerza, pone la ley”. En lugar de ser el Derecho la instancia ante la que debe someterse el poder, es éste, el que dice que es el derecho. Coincidentemente el Dr. Alfredo Solari ha declarado que nuestro país sufre hoy una guerra revolucionaria que se libra en el campo del Derecho y dice “es el peor ataque que ha sufrido nuestro país sin darse cuenta”.

Estamos en una era pre-revolucionaria; vivimos en la barbarie pre-alberdiana. El ideario de la Revolución de Mayo de 1810 esta inconcluso. La Argentina actual muestra procesos y formas sociales de vida propios de la baja Edad Media. Con la tecnología del Siglo XXI es una situación de extrema peligrosidad que hace que el fermento de la revolución bulla en la mente y en el corazón de cada argentino, de cada latinoamericano.

Este libro de Armando Ribas es una guía, nos muestra el camino que debemos recorrer para que América Latina abandone el despotismo y broten varios Abraham Lincoln que hagan realidad, en los hechos, los principios de la Revolución Americana soñada en 1810 por nuestros padres fundadores y se recupere el impulso progresista que se observó tras la Organización Nacional de 1853.

Guillermo Andreau

lunes, 8 de septiembre de 2008

EL DILEMA ARGENTINO


Barbarie o Civilización

Edad Media o Edad Moderna

Derecho colectivista de los antiguos o Derecho individual de los modernos

Dalmacio Velez Sarfield o Juan Bautista Alberdi

Código Civil de 1869 o Constitución de 1853/60

Impuestos al trabajo (Esclavitud) o Enfiteusis (Impuesto unico)

Justicia escrita (corrupción) o Juicios por jurados.

Inventar el Derecho o Descubrir el Derecho

Estado de Derecho o Imperio del Derecho

Clases (ricos y pobres) o Igualdad, Libertad y Fraternidad

Estancamiento y Violencia o Paz y Progreso para todos

Argentina gracias a la legislacion romanistica del Código Civil involuciono a la baja Edad Media; igual que Roma en su proceso autodestructivo. Una situación de extrema peligrosidad que hace que el fermento de la revolución bulla en la mente y en el corazón de cada argentino, de cada latinoamericano.

NUESTRO DILEMA HOY ES

Revolución Socialista o Revolución de Mayo en el Siglo XXI

DE NOSOTROS DEPENDE

PARTICIPE

Video: La Enfiteusis de la Revolución de Mayo como "Revolución Impositiva" HOY

Video 1:4 Introducción 19:00 Enfiteusis


El Dr. Sandler Titular de Filosofía del Derecho y Presidente del Instituto de Capacitación Económica de la Universidad Nacional de Buenos Aires UBA nos explica la Ley de Enfiteusis que representaba el corazón de la Revolución de Mayo, su implementación y su eliminación por el Código Civil. Como consecuencia de su eliminación se crearon los impuestos que castigan al trabajo, a la inversión y al consumo, tres crímenes de Lesa América.

Video 2:4 Ley de Enfiteusis explicación



En nuestro país, gracias a la traducción de los fisiócratas franceses hecha por el insigne Manuel Belgrano, ese pensamiento campeó entre los revolucionarios de Mayo y, a su manera, fue receptado en la olvidada Ley de Enfiteusis de 1826, con la que la Argentina pasó a ser el primer país del mundo que tradujera aquel principio moral en precepto legal. La sana ley de enfiteusis argentina fue perjudicada en sus fines a partir de los hechos de 1828, mediante un escandaloso fraude legis mediante el cual unos pocos, por monedas, acapararon las mejores tierras. Fue finalmente derogada en 1858 por quienes la usufructuaron so pretexto de ser "comunista" (sic). En 1865, sin mencionarla siquiera, se implantó para la apropiación del suelo el puro derecho romano de propiedad, según lo expresa de puño y letra Vélez Sársfield en la nota al art. 2503 del Código Civil. Este régimen de apropiación del territorio patrio, sin un sistema que recaude la renta económica de la tierra, es el que tiene paralizado al crecimiento argentino en todas las esferas de la vida.

Video 3:4 REFORMA IMPOSITIVA !!YA¡¡



Al permitir la ley la apropiación privada del crédito público, los gobiernos, carecen de recursos financieros legítimos. En consecuencia dictan leyes ilegitímas para cobrar impuestos. Estas leyes son inmorales porque confiscan (hacen público) lo que es propiedad exclusiva de los particulares: el fruto del trabajo y la inversión -dos crímenes de lesa América-. Por lo tanto, los gobiernos en lugar de ser la solución pasan a ser parte del problema. Sosteniendo ese sistema achican el mercado interno, destruyen la actividad empresaria, endeudan al Estado hasta llevarlo a la bancarrota y dejan al país en la miseria o en la guerra civil.

Video 4:4 2da.Parte Reforma Impositiva !!YA¡¡



Las consecuencias inmediatas serían el crecimiento ilimitado, el aumento del trabajo y la consecuente suba de los salarios. En el mediano plazo la argentina recuperara el liderazgo perdido al abandonar los principios de la Revolución de Mayo.

sábado, 6 de septiembre de 2008

LEVANTAR LAS BANDERAS DE LA REVOLUCIÓN



REFUNDAR EL FEDERALISMO

Vivimos en una era pre-Alberdiana. Los principios de la Revolución de Mayo de 1810 que Alberdi plasmo 43 años mas tarde en la Declaración de Derechos de la Constitución Nacional significaba una verdadera revolución donde abandonábamos “el Derecho y la propiedad de los antiguos” para sumarnos “al Derecho y la propiedad de los modernos”.

Significaba un nuevo orden que se basaría en los principios de igualdad de la Revolución Americana. A partir de esta revolución todos los hombres serian iguales y todos los hombres serian iguales en la medida que cada hombre fuera libre y cada hombre es libre en la medida que es dueño del fruto de su trabajo.

En efecto la revolución americana es la revolución del hombre que emerge después de un largo proceso evolutivo como una individualidad. Las sociedades se van fragmentando, el improductivo poder central medieval se dividía en gobiernos federales y los gobiernos provinciales en municipios logrando el mayor nivel de individualidad posible. El individualismo se convierte en la norma moral de la modernidad, que logra sociedades de alta producción y tecnología y consigue el desarrollo de la civilización -es decir, seguridad sobre la vida y sobre los frutos del trabajo del hombre -los bienes--, logrando paz y progreso para todos.

Ese nuevo orden tuvo rápidamente su contrarrevolución y la misma se opero en el campo de la legislación médiate la sanción del Código Civil Argentino en 1869 que recupero el carácter unitario, jerárquico y antidemocrático de los antiguos.

El Código Civil termino con la Ley de Enfiteusis de la Revolución de Mayo para reestablecer el latifundio medieval sin tener en cuenta aquello que “el latifundio hará perecer a Roma”, y genero un perverso sistema de impuestos que graba el trabajo, la inversión y el consumo; tres crímenes de lesa América. El trabajador argentino volvió a ser un esclavo.

Alberdi en un violento trabajo ataca al Código Civil y dice: El Código Civil de Vélez terminará con el Federalismo y con la Republica…. como puede ser que estemos sancionando una Constitución Civil “Unitaria” cuando la Constitución Nacional es Federal”.

Sancionar este Código y veréis todos los días cambiar la base de la propiedad, el sistema de los contratos…. y las atribuciones de los gobernantes”,

el Código Civil de Vélez degradará el trabajo hasta hacerlo digno del esclavo y realzará el robo y el latrocinio como fuentes genuinas de la propiedad”.

El Código Civil de Vélez en la superficie respeta la propiedad privada pero en el fondo es comunista”… “el Código Civil de Vélez es imperial, jerárquico y antidemocrático”.

El Código Civil de Vélez será más poderoso que todos los ejércitos del Brasil para anexionar la sociedad Argentina a la del Brasil”… “es extraño que el Código Civil de Vélez consulta todas las leyes del mundo extranjero menos la ley fundamental de la República Argentina”.

Como vamos a sancionar un Código que declara derechos relativos enfrentados a los derechos fundamentales declarados en la Constitución”.

Las ideas de Vélez fueron difundidas en las Universidades argentinas por el riojano Joaquín V. González en la generación de1880 y así la trampa quedo echada; las predicciones de Alberdi se cumplieron cabalmente. El derecho fue llevado a una situación inmoral y absurda. Buscaban una cultura de Patricios, consiguieron una sociedad de proletarios de donde brota la necesidad de una revolución. La sociedad argentina busca el cambio y entre mil incertidumbres la única revolución que se les ofrece es la del Socialismo del Siglo XXI, sin comprender que debemos retomar el ideario Revolucionario de Mayo de 1810 que fue hábilmente entrampado por la codificación.

La injusticia y la desigualdad lograda por el Derecho de los antiguos -reverdecidos por el Código Civil- nos conduce a la violencia política que amenaza a la disolución como sociedad. Mediante la codificación adherimos a los mismos remedios que llevaron a Roma a su caída, el resultado no podía ser otro que la caída de Argentina.

La gente esta creída que la organización de la economía está en el ministerio de economía y “NO”, la organización económica esta en el Derecho fundado en la Declaración de Derechos de la Constitución Nacional de 1853 y organizada por “cada provincia” según las leyes que reglamenten su ejercicio con el objetivo de potenciar las particulares características de cada región.

A doscientos años de aquella gran Revolución, debemos retomar y honrar el ideario Revolucionario de América y concluir con la tarea comenzada por aquellos hombres. A América Latina le falta el Abraham Lincoln que concrete en los hechos los principios de la Revolución Americana.

La tarea es sencilla disolver los Códigos Nacionales y restablecer la Declaración de Derechos de 1853; en forma espontánea renacerá el Federalismo, el progreso, la paz y la concordia para todos los argentinos. Se consolidara la República y cada provincia florecerá y será el motor del renacimiento de la Argentina virtuosa soñada, por nuestros padres fundadores.

Por Guillermo Andreau

g_andreau@hotmail.com

www.elrelativismojuridico.blogspot.com

lunes, 1 de septiembre de 2008

Video: El Ingeniero Álvaro Alsogaray al confesionario


El Ingeniero Alsogaray nos explica la visión de su padre respeto de la creación del Ministerio de Economía y su posterior cierre. Ser liberar y crear un Ministerio de Economía es un absurdo y un contrasentido.

Analizamos también como la política argentina se fue convirtiendo en un gran negocio. El espíritu jerárquico, imperial y antidemocrático del Código Civil fue la herramienta para que los gobernantes se sientan, como en la antigüedad, dueños y señores de las haciendas públicas y de las vidas y haciendas de sus súbditos.

Debemos rápidamente abandonar el Estado de Derecho para retomar el Imperio del Derecho plasmados en la Declaración de Derechos en la Constitución de 1853 para que renazca en nuestro país los principios de la Revolución de Mayo de 1810.

Video Lesa humanidad y la Constitución de 1853 Por Dr. Alfredo A. Solari


Lesa humanidad es una figura del Derecho Romano tardío –Derecho de los antiguos- que contribuye a inducir a Roma a su etapa imperial y al proceso de autodestrucción que culminara con la caída de Roma.

Al igual que el Código Civil de Vélez se enfrenta al “Derecho de los modernos” diseñado por Alberdi en la Constitución de 1853.

Por esta razón Alberdi advertiría que el Código Civil argentino destruiría el principio de Igualdad de la Revolución Americana y terminaría también con el Federalismo y con la Republica, como efectivamente ocurrió.

A los efectos perniciosos causado por la legislación de los antiguos incorporada por el Código Civil se suma ahora esta nueva figura que logra la imprescriptibilidad de casi todos los procesos judiciales, que acarreara situaciones de alta inestabilidad y tensión política ad infinitum.

Alberdi advierte del peligro que conlleva incorporar legislación antigua productora de inseguridad, improductividad, pobreza, desigualdad y finalmente de violencia política. Afirma Alberdi que el derecho de los antiguos incorporado mediante el Código Civil “será mas eficiente que todos los ejércitos del Brasil para destruir a la Sociedad Argentina que finalmente será anexionada a la sociedad del Brasil” quizás “lesa humanidad” sea la piedra de toque para concluir el proceso destructivo de nuestro país para cumplir definitivamente con el anticipo de Alberdi.

Como bien señala el Dr. Solari el terreno de batalla de la nueva “Guerra Civil Argentina” se encuentra hoy en el campo del Derecho.

El positivismo jurídico enseñado en nuestras Universidades ha logrado separar la Moral del Derecho y al Derecho de la Economía como entes totalmente independientes y aislados generando situaciones de altísima tensión.

Como bien lo señalara el filosofo argentino Mario Bunge en su ultima visita a este Blog –ver video- “el positivismo jurídico es el arma del despotismo, es altamente inmoral y ha provocado solo en el siglo XX la muerte de mas de 180 millones de personas en el mundo”.

Este blog busca alertar a los abogados de nuestro país, el crimen que se esta cometiendo en las Facultades de Derecho de nuestro país al enseñar y difundir un Derecho destructivo enfrentado a los principios fundadores de la Revolución de Mayo de 1810 que culminaría con la Constitución de 1853 definiendo con toda claridad “el Derecho y la Propiedad de los modernos” generadora de civilización; es decir de paz, seguridad y progreso para todos.

Más de 250.000 abogados están formados hoy en nuestro país en el derecho improductivo, corrupto y autodestructivo de los antiguos incorporados por la codificación que ha transformado a nuestra sociedad -como bien lo definiera el presidente uruguayo Battlle en 2002 en “una manga de ladrones del primero al último”.

Ortega afirmaba “Yo soy yo y mis circunstancias y si no las salvo a ellas, no me salvo yo”. Si no recuperamos los marcos morales de la Constitución de 1853 para reinstalar “el Imperio del Derecho” en nuestra sociedad, “nuevas incertidumbres sucederán a las antiguas y después de un tiempo entre mil incertidumbres será nuestra suerte mudar de tiranos sin destruir la tiranía” como nos advirtiera Mariano Moreno.