domingo, 30 de noviembre de 2008

DERECHO, LEGISLACIÓN Y LIBERTAD

Todos los grandes pensadores políticos vieron la esencia de la libertad, en que el individuo esté sujeto solamente al Derecho y no a la voluntad de un gobernante impuesta por medio de la Ley.

Comprendí
an como Derecho no todo lo que una corporación legislativa había decidido, sino exclusivamente aquellas normas generales de justicia, originadas de la tradición de los jurisconsultos.

La asamblea popular en Atenas, no estaba investida para cambiar el “nomos” (normas morales) Derecho – eso era reservado a nomotetas especiales – solo podían promulgar “psefismata”, ordenanzas. El juez solo reconocía reglas globales de justicia y nunca órdenes concretas (ordenanzas o leyes) de algún soberano o de una corporación legislativa. Libertad significaría, en efecto, que el ciudadano particular no tendría que obedecer la voluntad de nadie, sino exclusivamente a códigos abstractos que constarían esencialmente de prohibiciones – derecho negativo – que les impedirían inmiscuirse en la igualmente protegida esfera de otros. La Ley estaba debajo del Derecho.

Cuando Cicerón traducía: «omnes legum servi summus, ut liberi esse possumus» por “todos somos servidores de la ley para que podamos ser libres”, se refería, no a las decisiones legislativas, sino al jus, Derecho, que se había ido desarrollando lentamente. Se ha dicho con razón, que la traducción ciceroniana de nomos por lex (ley), en cambio de jus (Derecho), fue tan desafortunada porque reemplazo el concepto “El Imperio del Derecho” que sometía al gobernante a un orden moral preestablecido por el de “El Imperio de la Ley” y mas tarde “Estado del Derecho” donde el Derecho es diseñado por el gobernante con el auxilio de la razón mediante la ley.

“Pero equilibrar un estado grande o una sociedad, sea monárquica o republicana, con leyes generales, es una labor tan intensa y difícil que ningún genio humano, por mas omnicomprensivo que sea, puede realizarla con la simple ayuda de la razón o la reflexión. El juicio de muchos hombres debe concurrir a esta tarea, la experiencia debe guiar esa labor y solo el tiempo la puede llevar a la perfección… La moral –y por lo tanto el Derecho- no es un derivado de la razón (D. Hume, Rise and Progress of Arts and Sciences 1753.)

La Constitución de un país debe ser un instrumento moral cuyo objetivo central es definir con claridad que es el Derecho (Declaración de Derechos y Garantías Constitución de 1853-60 Art. 14 al 20). En EE.UU. el instrumento moral para definir el Derecho es la Carta de Derechos –Bill of Right- y es un instrumento separado de la Constitución, la Constitución solo define la forma de gobierno.

El instrumento moral por excelencia es la Carta de Derechos y su función es mantener al gobierno dentro de los limites fijados por ella, frente a la natural tendencia de la Administración Central a cometer arbitrariedades mediante la ley en contra de la ciudadanía.

Cicerón cree en la supremacía de los “mejores ciudadanos” se encontraba considerada en la propia naturaleza: “[...] ciertamente la seguridad del Estado depende de la sabiduría de sus mejores hombres, especialmente desde que la Naturaleza ha dispuesto, no sólo que esos hombres que son superiores en virtud y en espíritu deban guiar a los más débiles, sino también que los débiles deben ser deseosos de obedecer a los más fuertes.” (De Re Pub., I,XXXIV,51). Reconstruye Cicerón el error platónico de la supremacía de la Razon en el dictado de las normas. A a pregunta “¿Quién debe gobernar? Platón respondía: El mejor, el filosofo Rey”.

En las siguientes expresiones de Cicerón vemos el error de emplear el término “ley” como fruto de la razón humana por Derecho –que no es un derivado de la razón- esto concede al gobernante lo que hoy conocemos como “superpoderes”. “la ley verdadera es la razón justa de acuerdo con la naturaleza” (De Re Pub., III,XXII,33)/ “es un pecado tratar de alterar esta ley, ni es permitido rechazar alguna parte de ella, y es imposible abolirla enteramente” (De Re Pub. III, XXII,33) / la Ley es la distinción entre las cosas justas e injustas hecha de acuerdo con la primera y más antigua de todas las cosas, la Naturaleza (De Leg. I,V, 13)/ la Ley cuya naturaleza he explicado no puede ser rechazada ni derogada” (De Leg. II,V,14)/ “Porque el universo obedece a Dios; los mares y las tierras obedecen al universo; y la vida humana está sujeta a los decretos de la Ley suprema.” (De Leg. III,II,4)/

Cuando Cicerón utiliza el termino “Ley Suprema” efectivamente se esta refiriendo al orden supra-legal del Derecho. La Constitución, en tanto que su función fundamental es definir “El Derecho” es también llamada la Ley Suprema de la Nación.

Esta confusión de términos originada por la aplicación de la mala traducción de Cicerón logra pasar de un Estado organizado sobre principios fúndantes y fecundantes -Derecho- desde el cual se genera orden jurídico, a un Estado “pragmático” que genera desorden jurídico y caos jurisprudencial. Por esta vía se relaja la limitación del Derecho como Instrumento Moral.

Las consecuencias de la arbitrariedad de la ley se harian sentir y el Historiador Apiano Siglo II d.C señala "Los ricos (se refería a los políticos), que ocupaban la mayor parte del ager publicus (Tierras publicas) y esperaban que luego les fuese reconocido como de su propiedad, comenzaron a añadir a sus propias posesiones las parcelas vecinas de los pobres, en parte comprándolas, en parte arrebatándolas por la fuerza (permitida por las leyes arbitrarias desancladas del Derecho), de este modo, finalmente en sus manos, en lugar de pequeñas propiedades, se encontraron con grandes latifundios. Para el trabajo de los campos y el cuidado del ganado comenzaron a comprar esclavos… De esta manera, la gente poderosa se enriqueció desmesuradamente y el país se pobló de esclavos. Los ítalos, en cambio, disminuyeron en número, agotados por la miseria, los impuestos y el servicio militar; cuando, con posterioridad disminuyó este peso, los ítalos se habían quedado sin trabajo, pues la tierra pertenecía a los ricos, que no la trabajaban con la ayuda de los hombres libres sino con los brazos de los esclavos. "

El caos jurisprudencial generado de confundir la ley con el Derecho lo vemos en las siguientes expresiones de Cicerón “Estas no merecen más ser llamadas leyes que las leyes que una banda de ladrones pueda pasar en su asamblea.” (De Leg. II,V,13)/ “Tampoco en una nación puede un estatuto de cualquier tipo ser llamado Ley...” (De Leg. II,V,13)/ “... el Senado las rechazó con una sentencia y en un único momento.” (De Leg. II,V,14)/ “Pero, si tanto poder pertenece a las decisiones y decretos de tontos que las leyes de naturaleza pueden ser cambiadas por sus votos, entonces por qué no pueden ordenar que lo que es malo y funesto debiera ser considerado bueno y saludable?” (De Leg. I,XVI,44)/ “Pero la noción más tonta de todas es la creencia de que todo lo que se encuentra en las costumbres o las leyes de las naciones es justo.” (De Leg. I,XIV,42)

Como consecuencia del desorden jurídico causado por el relativismo jurídico emerge la violencia que origina matanzas, guerras civiles y la aparición de menores asesinos. De la violencia y el caos autodestructivo emerge el gobernante Tiránico quien debe asumir actitudes dictatoriales para reponer, por la fuerza, el orden perdido. Esta situación marca el fin de la Republica y el inicio del Imperio Romano y finalmente la redacción del Código de Justiniano que reafirma el jerárquico y perverso Derecho tardo Romano que inducen al estancamiento durante la Edad Media

La arrogancia de Platón significo el fin de la cultura griega, La arrogancia de Cicerón, la caída de la republica romana. En 1750 Montesquieu, en “El Espíritu de las Leyes” reedita el error de Platón y Cicerón logrando el ascenso de Napoleón, con la redacción del Código Napoleónico.

En 1869 Se sanciona el Código Civil Argentino que destruye el Derecho y la Propiedad de los modernos incorporados por la Revolución de Mayo para reestablecer el Derecho y la Propiedad jerárquica de los antiguos (romana) en la legislación.

En 1900 se sanciona el Código Civil Alemán (BGB) del cual emergen conflictos internos que derivan en 2 Guerras Europeas Mundiales y el ascenso del Nazismo.

hija absoluta del trabajo libre, la riqueza moderna escapo del todo a las trascendentes miras del derecho romano que, al contrario, deshonró el trabajo haciéndole propio del esclavo, y decoro el pillaje y el latrocinio político con el rango de fuentes legitimas de la propiedad” Juan Bautista Alberdi

Hoy, ya no logramos distinguir entre Derecho y Ley; y lo que llamamos Estado de Derecho, no es más que un Estado caótico de injustas leyes.
Desgraciadamente, el orden jurídico ha suplantado la idea de Derecho por la de Ley que sintetiza todo lo que la corporación legislativa decida imponer.

The rule of law, the government of Iaw not of men or of wiIl y the government under the Iaw, se refieren a ese concepto de Derecho y solo tiene sentido cuando los relacionamos al Derecho, pero pierde sentido cuando traducimos law como ley.

A esto se ha llegado, porque los legisladores han degradado su función a muchas decisiones que nada tienen que ver con el decreto de cánones jurídicos.

Los legisladores en su afán de aumentar su poder – para aumentar su influencia y dejar de ser honorables –, han desdibujado la naturaleza de las funciones legislativas generando un caos jurídico, producto de la explosión normativa provocada en principio por la inflación de leyes, luego por la delegación legislativa que llevó a un gran número de reglamentos, mas tarde por la asunción por el Ejecutivo de funciones legislativas mediante reglamentos de necesidad y urgencia y finalmente por la regulación de derechos individuales que se hace por resoluciones de secretarios, subsecretarios y directores generales. Por esta vía el caos normativo es total y absoluto.

Todas estas disposiciones se funden con las leyes. Pero el 99 por ciento de las mismas no tiene absolutamente nada que ver con las normas morales, como pautas de conducta cabal.
El individuo dejaría así, de ser un ente moral, para convertirse completamente en un ser dominado por propósitos momentáneos.


EL DERECHO PROTEGE LA LIBERTAD, LAS LEYES LA MATAN.


En nuestro país no existen facultades de Derecho lo que hay son facultades de Leyes que sostienen el desorden jurídico y fomentan los procesos autodestructivos que vive nuestro país.

Video LOS LIBERALES Y EL PODER. Por Alberto Medina Mendez

Escuela para la Libertad Integral 29 de noviembre de 2008



Alberto es periodista. Conductor de ciclos radiales desde hace 27 años.

Tiene más de 120 artículos publicados en medios gráficos y digitales en su provincia, Corrientes, en el resto del país y en 15 países de habla hispana.

Premio a la Libertad Fundación Atlas 2006.

Quienes deseen escuchar su programa “Existe otro camino” pueden hacerlo en: www.existeotrocamino.com.ar

viernes, 28 de noviembre de 2008

PAUL SAMUELSON. UN APORTE A LA CONFUSIÓN GENERAL


Mercado no es igual a capitalismo sin regulación. Por Paul Samuelson.

Sobre la base de mis observaciones de la historia económica, tanto a corto como a largo plazo, considero que no hay ninguna alternativa a los sistemas de mercado como forma de organizar tanto a las poblaciones ricas como a las pobres.

Sin embargo, la utilización de los mercados no es lo mismo que el capitalismo sin regulación que tanto ponderan los partidarios del liberalismo económico. Esos sistemas no pueden autorregularse en el plano microeconómico ni en el macroeconómico. Siempre que se los instrumentó, generaron desigualdades intolerables. Por otra parte, en lugar de ser el precio necesario para alentar un progreso dinámico a través de innovaciones tecnológicas y administrativas, esa desigualdad crea un déficit disfuncional en lo que los economistas llaman "productividad de factor total".

Una prueba convincente de ello, puede verse en el deterioro de los Estados Unidos entre 2001 y 2008. Los ingresos de los CEOs crecieron en comparación con el sueldo medio de los empleados -de una relación de 40 a uno, pasaron a una relación de 400 a uno, o a diferencias aún mayores- y el progreso industrial se deterioró en lugar de acelerarse.

En consecuencia, mi posición es de un centrismo irredimible. Ese debería ser el objetivo de Estados Unidos a partir de 2009. Debe ser también el objetivo de todos los países, grandes y chicos, cualquiera sea su grado de desarrollo o su ubicación en el mapa. Los liberales a ultranza no sólo son discapacitados emocionales. Son también malos consejeros. Me refiero, por supuesto, a los puntos de vista de Milton Friedman y de Friedrich Hayek. La "esclavitud" que les inspira alarma no es la de Genghis Khan. Tampoco la de Lenin-Stalin-Mao ni la de Hitler-Mussolini. Lo que les produce alarma son los Estados centristas del mundo moderno. Basta con pensar en Suiza, Gran Bretaña, Estados Unidos, los países escandinavos y los de la cuenca del Pacífico. ¿Por qué los ciudadanos de esos lugares tienen un elevado índice de "felicidad" y gozan de amplias libertades de expresión y de culto?

El presidente George W. Bush figurará en los libros de historia como el peor presidente de los 234 años de la historia estadounidense. Uno de sus legados inevitables será, entre otros, el peligro de que en 2009-2014 una mayoría de los Estados Unidos efectúe un viraje mucho más a la izquierda del centro. Si Estados Unidos se vuelve proteccionista, hay que culpar de ello a la desregulación republicana anterior, lo que constituiría un buen ejemplo de la Ley de las Consecuencias No Buscadas.

Sí, la política pública debe regular (de forma racional) la vida empresaria y trabajar por la estabilización de la macroeconomía. Sí, los futuros sistemas fiscales pueden, en un grado limitado, reducir los males más evidentes de la desigualdad. Sin embargo, un sistema centrista puede generar daños si actúa con demasiada fuerza para reducir la desigualdad. Mi objetivo es el Estado Centrista Limitado.

No soy centrista porque no pueda decidirme entre la derecha y la izquierda, sino porque esas dos opciones demostraron ser tan poco adecuadas, que la racionalidad y la experiencia me llevan hacia el centro dinámico.

Traducción de Joaquín Ibarburu


* Premio Nobel de Economía en el año 1970, es considerado uno de los fundadores de la economía neoclásica moderna. En 2003 se opuso al recorte de los impuestos a los ricos decidido por George Bush.

jueves, 27 de noviembre de 2008

LA PROPIEDAD DE LA TIERRA EN LA REPÚBLICA ROMANA, EL CRISTIANISMO Y LA REVOLUCIÒN DE MAYO DE 1810


"Los ricos*, que ocupaban la mayor parte del ager publicus y esperaban que luego les fuese reconocido como de su propiedad, comenzaron a añadir a sus propias posesiones las parcelas vecinas de los pobres, en parte comprándolas, en parte arrebatándolas por la fuerza, de este modo, finalmente en sus manos, en lugar de pequeñas propiedades, se encontraron con grandes latifundios.

Para el trabajo de los campos y el cuidado del ganado comenzaron a comprar esclavos…

De esta manera, la gente poderosa se enriqueció desmesuradamente y el país se pobló de esclavos.

Los ítalos, en cambio, disminuyeron en número, agotados por la miseria, los impuestos y el servicio militar; cuando, con posterioridad disminuyó este peso, los ítalos se habían quedado sin trabajo, pues la tierra pertenecía a los ricos, que no la
trabajaban con la ayuda de los hombres libres sino con los brazos de los esclavos. "

(Apiano: Romaniké, siglo II d.C.)



LA PROPIEDAD DE LA TIERRA Y LAS EMPRESAS EN LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Los ricos* que ocupaban la mayor parte del poder publico acceden al poder como herramienta para lograr acrecentar sus dominios y propiedades en parte comprándola, en parte arrebatándola con la fuerza que el poder que la ley injusta concede. Finalmente en sus manos en lugar de muchas empresas nos encontramos con pequeños grupos mafiosos dueños de las grandes empresas a veces con testaferros nacionales a veces con extranjeros.

Para el trabajo de las empresas comenzaron a comprar gerentes universitarios…De esta manera los políticos poderosos se enriquecieron desmesuradamente y el país se pobló de desocupados y de trabajadores mal pagos. Los verdaderos empresarios, en cambio, disminuyeron en número, agotados por las perversas reglas de juego imperantes, los impuestos al trabajo, al consumo y a la inversión aumentaron, cuando con posterioridad disminuyo este peso, los argentinos se habían quedado sin trabajo, pues ahora sus empresas pertenecían a los Ricos* que no la trabajaban con la ayuda de empresarios libres sino con los brazos de gerentes contratados –los nuevos esclavos-.(Siglo XXI dC.)












Ricos*: “Es mas fácil que un camello pase por el ojo de una aguja, que un rico entre en el reino de los cielos” Jesucristo.

La Revolución comenzada por Cristo fue contra estos “ricos”, los políticos corruptos que se enriquecieron gracias al poder de una perversa y malsana legislación basada en el jerarquico Derecho Romano. Sin embargo esta cita de Cristo fue utilizada por los politicos como arma para perseguir a los verdaderos empresarios generadores de riqueza para arrebatarle sus campos y sus empresas.

De esta manera la Iglesia Católica –inconscientemente y aunque sin pretenderlo- contribuyó al creciente proceso autodestructivo de nuestro país.

Los empresarios creadores de riqueza vinieron a este mundo a completar la tarea del Creador mejorando su obra, para bien de toda la humanidad.


"El Derecho y la Propiedad de los modernos" incoprporados por la Revolución de Mayo de 1810 concretaban institucionalmente la revolución del Cristianismo.

El Código Civil de Velez Sarsfield fue la contrarrevolución y nos condujo a las perversas reglas de juego del Derecho Romano generando tension de civilizacion que tiene a nuestro pais en una constante guerra civil larvada.

Dijo Juan Bautista Alberdi: "Hija absoluta del trabajo libre, la riqueza moderna escapó del todo a las trascendentes miras del Derecho Romano que, al contrario, deshonró el trabajo haciéndole propio del esclavo, y decoró el pillaje y el latrocinio político con el rango de fuentes legitimas de la propiedad".


Ante los anuncios de reevaluar los edificios, Por Hector Sandler


"La resolucion anunciada prueba la ignorancia dominante en la administracion pública y en la opinón general. Jamás se debiera gravar "lo edificado " (mejoras). Así se castiga al trabajo y la produccion. Sí es obligacion pagar un tanto por ciento del "valor de mercado del terreno libre de mejoras". Y, a la vez eliminar impuestos a la producción y el consumo . Al borde del Bicentenario de Mayo, sea el Gobierno y seamos los ciudadanos, consecuentes con nuestra Revolucion y la Constitucion (art.14,16,17 y 19).

Lo que se propone es inconstitucional y un disparate economico.

Lean los proyectos de Roque Saenz Peña (1912) y el Diputado Carlos Rodriguez (1919).

ICEPAL"

Una nación sin Estado por Daniel Larriqueta

En el lapso de pocas semanas, el Congreso ha dado curso a dos iniciativas del Poder Ejecutivo que aumentan generosamente las responsabilidades del Estado nacional: la estatización de Aerolíneas Argentinas y Austral y la estatización de las jubilaciones privadas. Millones de argentinos clientes de los aviones de cabotaje y nueve millones más que estaban inscriptos en las jubilaciones privadas pasan ahora a ser dependientes de las calidades de nuestro Estado como administrador.

Más allá o más acá de las razones de fondo que han originado ambas iniciativas, en los dos casos apareció con fuerza argumental que el Estado está en condiciones de ofrecer a sus nuevos abonados mejor protección o mejor servicio que el que recibían hasta ahora. Cierto es que las AFJP han sido un negocio leonino en contra de sus afiliados generando grandes beneficios para sus gerenciadores. También es verdad que hace ya muchos, muchísimos años -tanto por lo menos como va durando el gobierno bicéfalo de los Kirchner-, viajar en los aviones de la compañía de bandera era una odisea, un suplicio o una minusvalía. Lo que se suele olvidar es que ambos servicios, el de transporte y el de jubilación, estaban sometidos a la supervisión de ese mismo Estado que ahora se pinta como socorrista idóneo.

Nuestras estatizaciones, además, aparecen bendecidas por lo que se supone una corriente de cambio en el paradigma del poder económico en Occidente, pues la crisis financiera mundial está obligando a muchos gobiernos a tomar un control mucho más cercano y hasta una injerencia directa en negocios privados que no les eran propios. El Estado norteamericano, el Estado francés, el Estado inglés y el Estado alemán -y varios otros- están avanzando a cumplir tareas nuevas en el seno de los mercados. ¿Esta aparente analogía es válida? ¿Estamos los argentinos entrando, armoniosamente, en una tendencia mundial?

Todos esos grandes países tienen Estados con problemas que son tema de continuo debate en la sociedad y en la clase política. Pero también son Estados perfeccionados a lo largo del tiempo y que lucen virtudes atractivas. Conozco más el francés y en él se puede disfrutar de beneficios tales como liquidar los impuestos personales sin necesidad de un contador, viajar en trenes de altísima calidad y cuyos pasajes se sacan por Internet con horarios y ubicaciones precisos, usar un servicio de correos que reparte las cartas simples en todo el territorio en un lapso máximo de 48 horas y que, además, da utilidades al gobierno, renovar el pasaporte por correo, utilizar el servicio de salud más eficiente del mundo, educarse en una escuela pública en permanente mejoramiento y de los mayores niveles internacionales. Ese es el Estado que ahora debe movilizar el gobierno para contener en lo posible los daños y las consecuencias de la crisis financiera. Creo que no es necesario adjetivar la comparación de ese Estado con el Estado que tenemos los argentinos.

Hace veinte años, las columnas de cartas de lectores de los diarios estaban siempre habitadas por reclamos desesperados de la gente que no conseguía teléfono o se le interrumpía el servicio estatal inexplicablemente. La privatización -bien o mal hecha- hizo desaparecer esa literatura, con más el formidable desarrollo de la telefonía móvil en lo que la Argentina tiene hoy los mayores niveles relativos de América del Sur. Ahora, las cartas de lectores están frecuentemente ocupadas por los jubilados del sistema de reparto -el del Estado- que le reclaman a la Anses no ya un acto administrativo, sino que cumpla con los fallos judiciales que ordenan ajustes o reconocimientos. Es tan ineficiente la Anses y tan malo el trato que da a los pretendientes que se ha creado en el país una gran industria del juicio previsional, porque no se pueden defender los derechos sin el auxilio de un abogado, que, además, debe especializarse en el tema.

Es esta organización del Estado argentino la que se hace cargo de la estatización de las jubilaciones del sistema privado extinto.

Y es el Estado que no ha sabido mejorar los servicios ferroviarios en ruinas ni organizar un sistema de transporte por ruta con suficientes garantías de seguridad para los usuarios ni obligar a la compañía aérea de propiedad española a respetar sus contratos, sus horarios y sus calidades de servicios el que ahora nos anuncia que será empresario de la mayor red de tránsito aéreo de cabotaje, de la que dependen dramáticamente decenas de ciudades lejanas y aisladas en el territorio grande del país.

¿Qué significa, entonces, "estatizar" en la Argentina? No como puede esperarse en los países con Estados eficientes una mayor seguridad o una mejor protección para los usuarios, sino transferirlos a organizaciones que son parasitadas por el clientelismo, los intereses corporativos, la anomia de los empleados y hasta la acción de mafias que prosperan en el desorden. En la Argentina, estatizar es empeorar. Y ésta es una realidad nuestra, desprovista de sesgos ideológicos, pero que apela a una reflexión más honda.

Nuestro país es hoy una nación sin Estado. Las luchas políticas del pasado, la falta de acuerdo de las fuerzas políticas sobre las cuestiones básicas y el asalto corporativo que han hecho al espacio público las corporaciones militares, empresarias y sindicales nos han dejado sin Estado. Lo saben los viajeros, los jubilados, los que pagamos impuestos, los que hacen cola en los hospitales, los que deben hacer pininos para poder inscribir a sus hijos en una escuela pública de buena calidad, los que viven aterrados por la inseguridad, los que deben sacar el documento nacional de identidad o renovar la cédula o el pasaporte. ¡Y los pequeños y medianos empresarios que quieren crear algo!

Nos está esperando, dramáticamente, una refundación del Estado. Será difícil, pero no imposible, empezando porque en ese mismo Estado hay muchos argentinos capaces y calificados que saben cómo hacer las cosas bien. Y para darnos ánimos, podemos apelar a la propia experiencia del país. Porque tuvimos un Estado bueno y porque aquél fue hecho a partir de reformas también difíciles y tormentosas.

La primera gran reforma del Estado en la Argentina independiente fue realizada durante el gobierno de Martín Rodríguez por su ministro Bernardino Rivadavia. En la década de 1820 aquellos hombres encararon dos grandes reformas, la militar y la religiosa, y una fundación notable, la de la presencia de la mujer en los asuntos públicos. Todas ellas levantaron quejas que aún se pueden escuchar en algunos ámbitos. La reforma militar estaba destinada a quitar del erario el enorme peso de los militares que volvían al país después de las guerras de la Independencia. Eran argentinos honorabilísimos y que habían prestado servicios ejemplares, pero no había presupuesto capaz de aguantar esa carga. La reforma religiosa siguió las líneas de la reforma española de Carlos III, orientada a poner en producción las propiedades religiosas improductivas y reducir el tamaño de la población eclesiástica volcando a la sociedad del trabajo a mucha gente capacitada. La fundación de un servicio femenino fue la creación de la Sociedad de Beneficencia, a cuyas mujeres integrantes transfirió nada menos que la supervisión de escuelas y hospitales, en un paso vanguardista sin parangón en América del Sur.

Rivadavia afrontó las tormentas de sus decisiones, le dio a aquella Buenos Aires lo que los historiadores llaman "la feliz experiencia" y dejó a los gobiernos siguientes -entre ellos a Juan Manuel de Rosas- una situación saneada que duró hasta la siguiente reorganización del Estado, luego de la unificación nacional en 1861. Aquellos padres fundadores tuvieron coraje, voluntad y acompañamiento de la sociedad.

¿Nos animaremos nosotros? ¿O creemos que es posible en el mundo moderno una nación sin Estado?

martes, 25 de noviembre de 2008

Video LA PROPIEDAD ROMANA, LOS SIN TIERRA Y LA VIOLENCIA URBANA



Dijo Juan Bautista Alberdi: "Hija absoluta del trabajo libre, la riqueza moderna escapó del todo a las trascendentes miras del Derecho Romano que, al contrario, deshonró el trabajo haciéndole propio del esclavo, y decoró el pillaje y el latrocinio político con el rango de fuentes legitimas de la propiedad".

La propiedad romana estimula la especulación sobre tierras, la tierra sube de precio y es imposible a los trabajadores acceder a la tierra donde hacer su casa y criar a sus hijos.
Después de 5 años de un alto crecimiento -sobre todo en viviendas- las villas miseria en argentina aumentaron su población un 30% en 2008.
Con la actual crisis, esta situación aumentara dramáticamente para el 2009. Con ello aumenta el delito y la violencia.
La propiedad de los modernos de la Revolución de Mayo de 1810 evitaba esta situación ya que impedía la perversa especulación sobre tierras
poníendo la tierra al servicio del hombre.
El segundo efecto positivo de volver a los principios de la Revolución de Mayo de 1810 es que el trabajo, la inversión y el consumo son liberados de impuestos. Se produciría por esta vía un fuerte estimulo al trabajo y a la generación de riqueza.
Nace así un nuevo país, pacifico y prospero como soñaron y por lo cual lucharon nuestros padres fundadores. Participe y difunda. De nosotros depende.

DESALOJO EN BUENOS AIRES UN DRAMA DE TODOS LOS DIAS


El Código Civil derogó la propiedad de los modernos de la Revolución de Mayo, la legislación favoreció el perverso sistema de especulación sobre las tierras.
Los legisladores bloquearon mediante una perversa ley, la venta de lotes urbanos para vivienda en cuotas mediante el sistema de remates -Vinelli, Kanmar entre otras debieron suspender su "humanitaria" labor- estas dos acciones desató toda una tragedia para millones de argentinos.

“Lejos de que las leyes , es decir, las disposiciones expresas del poder constituyan el derecho ellas puede a menudo corromperlo y desnaturalizarlo ha dicho Savigny. Ellas ejercen su influencia sobre todo por los Códigos, Los Códigos son una especie de programa legal –de gobierno-, por el cual deroga el Estado todo lo que no esta en el…..”
Savigny De la vocación de nuestro siglo para la legislación y la jurisprudencia

LA PROPIEDAD ROMANA Y LA VIOLENCIA URBANA

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La propiedad romana produce dos efectos desbastadores: 1) la especulación sobre tierras debido a que la renta fundaría queda en poder del propietario y los bajos impuestos colocan a la tierra como un muy buen negocio como reserva de valor. El precio del terreno aumenta el valor de la vivienda y con ellos aumenta el alquiler. Esto destruye el salario del trabajador.
2) al quedar la renta fundaría para el Propietario en vez del Estado. El Estado debe solventar sus gastos con inmorales y progresivos impuestos al trabajo, a la inversión y al consumo. Esto destruye el salario del trabajador.

La máxima que graficaba el sistema romano era "Trabaja y perecerás" Tacito.
La máxima en la argentina de hoy es "en este país, nadie hace la plata trabajando" Dip. Luís Barrionuevo.

La violencia urbana de hoy es la expresión del proceso autodestructivo que nace en la Propiedad Romana que la argentina adopto mediante el Código Civil destruyendo la propiedad de los modernos que instalo la Revolución de Mayo de 1810.
La crisis financiera internacional tiene su origen en el sistema de propiedad romana que impera en occidente. El mismo sistema que destruyo a Roma se esta devorando hoy a Occidente.

Ley de Enfiteusis de la Revolución de Mayo de 1810

-. Sala del Congreso en Buenos Aires, Mayo 18 de 1828. - El Congreso General Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, ha acordado y decreta la siguiente ley:

Artículo 1 - Las tierras de propiedad pública cuya enajenación por la ley de 15 de febrero es prohibida en todo el territorio del Estado se darán en enfiteusis durante el término, cuando menos, de veinte años, que empezarán a contarse desde el l de enero de 1827.

Art. 2-En los primeros diez años, el que las reciba en esta forma pasará al Tesoro público la renta o canon correspondiente a -un ocho por ciento anual sobre el valor que se considere a dichas tierras, si son de pastoreo, o a un cuatro por ciento si son de pan llevar.

Art. 3 -El valor de las tierras será graduado en términos equitativos por un juri de cinco propietarios de los más inmediatos, en cuanto pueda ser al que ha de justipreciarse, o de tres en caso de no haberlos en, aquel número.

Art. 4 -El Gobierno reglará la forma en que ha de ser nombrado el juri de que habla el artículo anterior, y el juez que ha de presidirlo.

Art. 5 - Si la evaluación hecha por el juri fuese reclamada, por parte del enfiteuta o por la del Fisco, resolverá definitivamente un segundo juri, compuesto del mismo modo que el primero.

Art. 6-La renta o canon que por el artículo 2 se establece empezaré a correr desde el día en que al enfiteuta se mande dar posesión del terreno.

Art. 7 - El canon correspondiente al primer año se satisfará por mitad en los dos años siguientes.

Art.8-Los períodos en que ha de enterarse el canon establecido serán acordados por el Gobierno.

Art. 9-El vencimiento de los diez años que se fijan en el artículo 2, la Legislatura Nacional reglará el canon que ha de satisfacer el enfiteuta en los años siguientes, sobre el nuevo valor que se graduará entonces a las tierras, en la forma que la LegislaturaLo que se comunica de orden del mismo Congreso al Excmo.

Señor Presidente de la República para su inteligencia y efectos consiguientes.-


Manuel de Arroyo y Pinedo, Presidente.- Alejo Villegas, Secretario.

miércoles, 19 de noviembre de 2008

Video Las Retenciones a las Exportaciones Agropecuarias por el Dr. Eduarso Conesa

El Dr Eduardo Conesa es DOCTOR (Ph.D.) University of Pennsylvania, U.S.A., 1982.
MASTER en Economía, University of Pennsylvania, U.S.A., 1971.
MASTER en Desarrollo Económico, Williams College, Williamstown, Massachusetts, U.S.A., 1969.
ABOGADO, Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires, Argentina, 1963.
Desde 1998 a la fecha, Director del Departamento de Ciencias Sociales de la Facultad de Derecho de la UBA

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Video-REVOLUCIÓN IMPOSITIVA cambiando el perverso sistema actual por un impuesto único a la tierra libre de mejoras como propuso la Revolución de Mayo

El abogado y economista Dr. Eduardo Conesa Director del Departamento de Ciencias Sociales de la Facultad de Derecho de la UBA y Titular de Macroeconomia II analiza la propuesta del Libro del Dr Sandler “A la Búsqueda del Tesoro Perdido”.


El Diputado Nacional José Ignacio García Hamilton analiza la propuesta y cierre final del Diputado (MC) Dr. Héctor Sandler en el Circulo de Legisladores Nacionales el 14 de noviembre de 2008.

martes, 18 de noviembre de 2008

ESTRUCTURA IMPOSITIVA Y DESIGUALDAD por Dr.Alberto Ferrari Etcheberry ex presidente de la Junta Nacional de Granos



Hace ya unos cuantos años presencié en Londres el ingreso a la Casa de los Comunes del titular de las finanzas - gobierno laborista - mostrando jubiloso el ajado y vetusto portafolio en el que tradicionalmente se lleva el presupuesto a la discusión parlamentaria que fijará los impuestos y los gastos. En los Estados Unidos el Partido Republicano y el presidente Bush se identificaron por su propuesta principal: reducir los impuestos que gravan a las grandes fortunas y a los mayores ingresos y, correlativamente, rebajar el gasto social.

En los países industrializados el presupuesto y los impuestos son el centro de la discusión sobre quién va a pagar y quién va a recibir. [1]En contraste, requiere un especialista precisar cuantos años lleva nuestro país sin que los impuestos ocupen el principal lugar del escenario público, y más difícil aún sería ubicar el tema como preocupación de la actividad política, lamentable realidad común a la mayor parte de la región. Una ausencia que sin dudas tiene mucho que ver con ser Latinoamérica el continente de mayor injusta distribución del ingreso y la riqueza.

Por eso debe ser bienvenida la polémica que provocó el anuncio del Jefe de Gobierno de la ciudad de Buenos Aires de un aumento en las valuaciones de los inmuebles que determinan el comúnmente llamado impuesto ABL, que ha traído a la luz pública distintas cuestiones.[2]

Por un lado, la menos llamativa, por lo conocida: la pedestre naturaleza de nuestro sistema electoral. El señor Telerman fue candidato a la reelección y su propuesta no anunciaba ese aumento que luego de su derrota justificó enfáticamente. El electo ingeniero Macri y su partido, en campaña negaron todo incremento del ABL, pero cuando se acerca la asunción del gobierno lo apoyan. Finalmente tanto los candidatos que se presentaron como la alternativa de izquierda - el Licenciado Filmus y el señor Heller - se opusieron y oponen duramente al aumento impositivo y lograron su suspensión. Un punto en común: ninguna de las tres campañas trató siquiera marginalmente la cuestión impositiva. [3]

Por otro, la cuestión substancial: qué es el ABL.

Es llamativa la imprecisión dominante. El ABL en sentido estricto es una tasa que se paga como retribución de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza. La tasa implica una contraprestación y teóricamente debe guardar relación con el servicio que se presta, en el caso, municipal.

Pero en la ciudad de Buenos Aires la tasa de ABL va unida a la contribución territorial, que no es una tasa sino un impuesto, que no guarda relación con servicio alguno, como que el impuesto expresa la esencia de la función estatal en sus objetivos y en la relación con el contribuyente. Este impuesto inmobiliario entre nosotros es provincial y en la ciudad de Buenos Aires se recauda junto a la tasa de ABL, aunque respondan a naturalezas y razones absolutamente distintas.

Entre nosotros, se olvida que la dominación del Estado por los ciudadanos que llamamos democracia nació precisamente a partir de la limitación de la facultad real de imponer impuestos. Sin ir más lejos la revolución norteamericana nació de una revuelta contra un impuesto al té no consentido por la asamblea representativa de la población. Esa exigencia de la conformidad de los ciudadanos para validar el impuesto es el embrión del cual fueron emergiendo las otras reivindicaciones que irán conformando a la república y a la democracia. Bienvenida pues esta discusión, aunque comience nada más que con el impuesto más elemental y menos discutible: el inmobiliario.

La tierra, el suelo, no es el producto de actividad humana alguna. No hace falta criticar la concepción romana del dominio para comprender que toda apropiación privada del suelo supone un privilegio en relación a quienes no la tienen. Por eso el impuesto inmobiliario - o contribución territorial – ha sido aceptado sin discusión, al extremo de que en el siglo 19 un norteamericano que fue muy popular, Henry George, propuso que el estado solventara todos sus gastos con un único impuesto, el que grava la tierra - en un sistema similar a la enfiteusis rivadaviana y formalmente al leasehold inglés - [4] absorbiendo así la renta terrateniente y liberando de toda imposición las inversiones y la ganancia. El georgismo y sus seguidores, los single-taxers, hicieron escuela en varios estados norteamericanos y en Australia y su aplicación favoreció tanto la división de la propiedad como la diversificación productiva. También entre nosotros tuvo partidarios y aun hoy quienes propician el impuesto a la tierra libre de mejoras entroncan en esa tradición.[5]

En la provincia de Buenos Aires hasta 1916 - época dorada del paraíso terrateniente - el impuesto territorial cubría el 35% de los ingresos. Nadie entonces sostenía como principio que las valuaciones debieran ser menores al valor comercial, pese a lo cual de hecho lo eran, como que el Jurado que entendía en el asunto estaba formado por los más grandes latifundistas de la provincia. Sin embargo en 1913 la valuación llegaba al 75 por ciento de los precios de venta de la tierra. La tasa del impuesto no era, por cierto, exorbitante: 6 por mil. En la Capital Federal las valuaciones eran menores, pero no inferiores al 35 por ciento, y la tasa era la misma. [6]

De todos modos, hasta la crisis del ´30 el presupuesto no se financiaba gravando la riqueza doméstica. El endeudamiento externo y los impuestos a la importación - esto es al consumo - eran el recurso básico del Gobierno Nacional, conducta lógica en una clase dirigente que confiaba más que en sí misma en las inversiones extranjeras, por lo común tampoco gravadas.

Las finanzas provinciales no dependían de los fondos nacionales, pero no porque funcionaran el federalismo económico y la disciplina fiscal - como se ha afirmado equivocadamente - sino por la pobreza dominante. El principal gasto provincial era la policía y la burocracia; las obras públicas eran nacionales, la educación secundaria era nacional,[7] y hasta fue necesario que en muchas provincias la Nación cubriera la instrucción primaria (Ley Lainez), que por la Constitución es atributo y obligación provincial.[8]. Si Roca fue el jefe de la liga de los gobernadores, con el progreso posterior muchos caudillos locales se mudaron a Buenos Aires como senadores para participar directamente del poder, tanto en relación al enriquecimiento personal como en la obtención de inversiones federales en sus reductos o protecciones aduaneras para alguna producción.[9] Sin embargo, el atraso dominante fue llevando a que frecuentemente surgieran tributos internos provinciales que además de superponerse con los nacionales (es una facultad concurrente de la Nación y las provincias, que la Nación legisló aceleradamente después de la crisis de 1890) funcionaban como aduanas interiores. La caída de los ingresos aduaneros obliga a la Nación desde 1931 a buscar nuevos recursos: impuestos a los réditos, a las transacciones (ventas) y el margen de cambios - precursor primer uso de las retenciones. Y en ese marco, y por esa necesidad se impone la unificación de los impuestos internos, en función de la cual por la seguridad de recibir fondos nacionales las provincias inician la abdicación de su facultad impositiva, comenzando así lo que hoy se llama sistema de coparticipación tributaria [10]que, a mi juicio, fue llevando a la sorprendente situación actual: por un lado, la desaparición de hecho como ingreso fiscal del más indiscutible de los impuestos: el inmobiliario o contribución territorial [11]; por otro, un sistema impositivo regresivo que descansa en el tributo al consumo: principalmente el IVA en el orden nacional e ingresos brutos en el orden provincial.

Ambas situaciones están íntimamente unidas como los dos brazos principales de un régimen retrógrado. En efecto: si para George y los georgistas - norteamericanos, australianos y argentinos - el impuesto a la tierra liberaba de las gabelas al trabajo y a la capacidad productiva, en la Argentina la ausencia o debilidad de la tributación al privilegio por antonomasia, el dominio del suelo, concluyó y concluye en un régimen impositivo que castiga a los más pobres, grava el trabajo y la inversión y, como efecto, favorece la evasión y la elusión lo que, a su vez, origina el aumento constante de la presión impositiva sobre quienes de hecho están obligados a pagar, en primer lugar, los consumidores, esto es, la masa más humilde de la población.

No es sencillo conseguir las cifras y esta dificultad es la otra cara de esta peculiar característica de la política argentina de no discutir la cuestión impositiva. De allí también que en las campañas electorales los candidatos compitan afirmado el qué - por lo común de modo vago y abstracto - soslayando la concreción, esto es, el cómo, el modo o mecanismo necesario para lograr cada aspiración declamada. El resultado es estar cada vez más lejos de lo que caracteriza a una sociedad moderna, en la que el principal cómo pasa por el impuesto: quién paga y quién recibe.

En la Argentina no se discuten los impuestos porque la regla es que el que gasta - el gobierno provincial -, no es el que recauda – el gobierno nacional, rompiéndose así la relación entre gobernante y ciudadano que se encuentra en la raíz histórica del estado moderno y de la soberanía popular. A partir de 1935 la Nación se convirtió en principal sino único ente recaudador y distribuidor de los impuestos, en un régimen que gradualmente fue profundizando la pasividad e irresponsabilidad de los gobiernos provinciales, inclusive en cuanto a su obligación de control del cumplimiento tributario. Esta situación tiene su lógica, pues las normas impositivas al ser nacionales aparecen como ajenas y el único interés se reduce a recibir el porcentaje de fondos que la Nación debe girar. Se entiende de tal modo que la evasión sea de hecho impune y que se generalice. Un gobierno provincial, acreedor de dos o tres puntos porcentuales de la masa impositiva a distribuir, no tiene interés en conflictos con los contribuyentes más poderosos de su provincia, cuya religiosa conducta impositiva no incidiría absolutamente en su cuota. Y al habitante de esa provincia poco le importa en qué gasta su gobierno provincial pues “cree” que lo hace con dinero de la Nación, cuando no de Buenos Aires. A ello debe agregarse que ese gobierno provincial reduce aún más el conflicto con los principales contribuyentes al no gravar la tierra, limitando su facultad impositiva principalmente a los ingresos brutos, una gabela que se suma a su similar, el IVA, y que quien la paga, el consumidor, poco puede notar y que de hecho la sufre aunque el responsable ante el fisco la evada. El resultado es un círculo vicioso que afianza el clientelismo demagógico.

Lo concreto es que ya en la década del ´30 la dependencia provincial de los fondos nacionales llegaba al 30%. Por entonces en la provincia de Buenos Aires la Sociedad Rural Argentina comenzaba a exigir la disminución de las valuaciones fiscales y como consecuencia la reducción del impuesto inmobiliario. Ambas tendencias se irían acentuando, delineándose así la conversión del artículo 1° de la Constitución en el caricaturesco federalismo actual, En 1960 la dependencia provincial orilla el 50%, en 1977 es 62% y en 1983, 72%. Luego de un período de vacío legal, en 1988 se dicta la ley 23.548 que consagra lo que ya venía haciéndose: la coparticipación abarca a todos los impuestos nacionales - excluidos los de exportación e importación - y es automático el giro de los fondos. En contraste con anteriores regímenes, esta ley fija arbitrariamente los porcentajes correspondientes a cada provincia, en detrimento de las jurisdicciones más pobladas y de mayor aporte al producto nacional, Es marcada la distorsión del reparto per capita cuando se la mide tanto en relación al PBI como respecto de la población de cada distrito. Para Buenos Aires la relación de la Ley 23.548 con el PBI es 0,67 y diez veces más para Formosa (6.06) y la relación con la población es 0,57 contra más de 3 para Santa Cruz, Catamarca y Formosa. Sin embargo, el cuadro impositivo en cuanto a recursos y participaciones es tan caótico que esos porcentajes en buena medida no reflejan la realidad. Una de las distorsiones viene de los Aportes (subsidios) del Tesoro Nacional (ATN) de distribución tan arbitraria como que durante los años 90 La Rioja recibió la tercera parte del total remesado a todos los distritos.

La creciente dependencia de los fondos nacionales ha ido paralela en las provincias a la reducción en sus propios recursos del impuesto inmobiliario y al incremento como principal ingreso del impuesto a los ingresos brutos.

En el año 2003 la recaudación tributaria de todas las provincias no superaba el tercio de sus recursos (14.332 millones; excluyendo a la Capital Federal, 11.000 millones) representando ingresos brutos el 62% Santa Cruz es la provincia de mayor peso del impuesto a los ingresos brutos: 87, 73%!!!, pese a que es una de las provincias de mayores ingresos por regalías cuestión, por otra parte, ajena a este trabajo.

En ese año 2003 el impuesto inmobiliario representaba en el conjunto impositivo provincial, incluida la Capital Federal, el 15%. Santa Cruz, Chubut y Tierra del Fuego se distinguen por la práctica ausencia de ingresos por impuesto inmobiliario.

En los últimos años se ha incrementando notablemente la recaudación tanto la correspondiente a la Nación como a las provincias.

En la Nación ha subido la participación del impuesto a las ganancias (mayo 2007: 35.80 % ) pero el IVA y los otros gravámenes similares, incluyendo los derechos de importación, cheques y combustibles, llegan al 60%.

En las provincias y en la Capital Federal la situación es aún más retrógrada: el aumento de la recaudación se debe al enorme crecimiento del gravamen al consumo, esto es, ingresos brutos. Para este año 2007 se espera que suba de 20.000 millones de pesos en 2006 a 25.000 millones, mientras que el inmobiliario se mantendrá igual, no llegando al diez por ciento de esa suma.

De tal modo la participación del inmobiliario que había disminuido de 15 % a 10,6% en 2006 seguirá bajando. En Buenos Aires era 14% en 2003 y 11% en 2006 y en la Capital Federal de 17% en 2003 bajó a 4% en 2006.

En su origen se intentaba gravar al suelo para alentar la inversión y castigar la especulación, aunque fuera muy limitadamente. Así, se hablaba del “impuesto al baldío” y se preveían revaluaciones para incorporar el mayor valor causado por los adelantos sociales, desde ferrocarriles y caminos a la apertura de la avenida 9 de Julio, por ejemplo.

El contraste con la situación actual es abrumador, no sólo respecto de las exentas legendarias estancias patagónicas de los Menéndez Behety o las de Benetton, sino también de las pampeanas. En Buenos Aires (2007) con una alícuota del 10,10 por mil se gravan propiedades de 500.000 dólares y a las de u$ 3.000.000 con una tasa de poco más del doble, en ambos casos respecto de valuaciones fiscales de no más del diez por ciento del valor venal. En La Pampa la situación es aún peor. Sería útil renunciar al progreso social ocurrido desde entonces y aplicar el criterio de hace 100 años: valuaciones del 75% del valor venal y tasa del 6 por mil.

La urbanización ha cambiado el criterio de imposición y es lógico que se grave la construcción en cuanto manifestación de riqueza, como asimismo el usufructo de los adelantos sociales. Sin embargo en la Capital Federal se está muy lejos de la base de 1913 que se limitaba a considerar el suelo y es habitual que las inversiones públicas - plazas, calles peatonales, subterráneos – incrementen los valores reales sin que sean alterados los ridículos montos actuales del llamado ABL. De tal modo se ha perdido además el uso del impuesto como instrumento de políticas : ¿ quién puede estar interesado en invertir en estacionamientos de vehículos cuando en la esquina porteña por antonomasia un enorme baldío, fruto de la destrucción del teatro Odeón en violación a la ley, enriquece a su dueño sin costo alguno?

Súmese a ese cuadro que desde comienzos de los años ´90 por una norma inédita e inaudita aun vigente se encuentra desgravada absolutamente la ganancia producida por la transferencia de acciones, que ha permitido que nuestras grandes empresas se extranjerizaran y se sigan extranjerizando sin que la comunidad reciba un peso, cuando en Nueva York son operaciones gravadas con el 20%.

Entonces queda claro el quién recibe. Trataré de ajustar más el quién paga.

En el año 2006 el total del gasto público consolidado casi duplicó al de 2003 y sumó 211.602 millones de pesos, de los cuales 104.898 correspondieron a la Nación y 106.708 a provincias y municipios. Para una población de 38 millones eso supone un gasto per capita de 5.568 pesos.

Ahora bien: tomando esas cifras para los ingresos recaudados, y aplicando los porcentuales del año 2003 esos 211.602 millones totales se distribuyen así:

- Nación: 184.236 m. de los cuales el 60% corresponde a IVA y gravámenes similares, esto es, 110.541m.
- Provincias: 27.366m de los cuales no menos de 75% a corresponde a ingresos brutos, esto es, 20.524m.
- De tal modo, el total correspondiente al consumo es 131.065 millones de pesos que para una población de 38 millones supone una tributación per capita de no menos de $ 3.450. Esto es: una familia tipo de cuatro personas tributa al año 13.800 pesos.
- A su vez el impuesto inmobiliario total calculado en exceso en 2.500 millones supondría una contribución de “los dueños de la tierra” a cada habitante de 65 pesos.

Esa situación impositiva se refleja en la organización institucional y política. Al desequilibrio originario del federalismo argentino ( “ una provincia y trece ranchos” se burlaban los porteños de la generación del 80) se agregó la especialización monoproductiva de carnes y granos pampeanos y de las áreas protegidas del azúcar y del vino, que paulatinamente - en buena medida como efecto del centralismo de los períodos militares - fue destruyendo el carácter representativo que, en contraste con el Senado, constitucionalmente debe reflejar la Cámara de Diputados, con su composición proporcional al número de habitantes de cada provincia.

El último gobierno militar, elevó a cinco el mínimo de la diputación de cada provincia, sin acomodar las otras representaciones a esa base que, en esencia, debería ser uno. De tal modo las provincias menos pobladas – además de las más beneficiadas impositivamente - resultan representadas en exceso por lo que uno de sus habitantes tiene un “peso institucional” de hasta 10 veces el de un habitante del Gran Buenos Aires, por ejemplo. Un grosero cálculo elemental lo muestra: si a la provincia menos poblada, Tierra del Fuego ( 100.000 habitantes) le corresponden 5 diputados, al total del país ( 38 millones de habitantes) le corresponderían 1900 diputados y alrededor de este número fantástico rondaría constitucionalmente hoy la composición de la Cámara de Diputados. Esta prueba del absurdo es suficiente para mostrar que el artículo 1° de la Constitución también en cuanto al carácter representativo se encuentra seriamente distorsionado. Más aún: el presidente es elegido por voto directo, por lo cual la decisión en buena medida descansa en los distritos más poblados (Buenos Aires cerca del 40%) y las grandes ciudades. Pero luego ese presidente debe gobernar con un Congreso en el cual, por lo dicho y por el peso del Senado, dominan los lugares menos poblados.

El resultado de esa contradicción en buena medida es el creciente caos del cuadro impositivo actual, que favorece el do ut des del reparto de los fondos impositivos entre los gobiernos nacional y provinciales y esconde a los beneficiarios y, particularmente, a quienes pagan.

En realidad, el cuadro, en su esencia, no es nuevo. Describía el diputado socialista Enrique Dickman en 1914:

“ La inmensa mayoría de los habitantes no sabe que paga impuestos…no sabe que el gobierno, para tener dinero le quita algo de la comida, del vestido y de la habitación…la inmensa mayoría del pueblo de la Nación - obreros y empleados - son los que sostienen el régimen fiscal argentino.”

septiembre 2007.

[1] En estos días, septiembre/ octubre de 2007, el conflicto político en Gran Bretaña y la posibilidad de un llamado anticipado a elecciones se plantea alrededor de dos impuestos: los conservadores pretenden disminuir el antiguo privilegio de no gravar rentas extranjeras a ciertos residentes - aun siendo ciudadanos - y con esos 3.500 millones de libras esterlinas elevar el mínimo no imponible para el impuesto a la herencia de 300.000 a 1.000.000 de libras. The Economist, October 6th, 2007, p.66,67.

[2] El presupuesto - impuestos y gastos – ocasionaba la discusión legislativa principal desde la ley Sáenz Peña de 1912; luego se fue poniendo el acento en el gasto y desde 1946 paulatinamente- inflación mediante ayudada por los avances técnico-contables - el tema se fue alejando del conocimiento público. La introducción del IVA ( 1975 ) completó la obscuridad. Las pocas excepciones se referían a las retenciones agropecuarias – en principio una forma del manejo cambiario, a cargo del Banco Central, introducidas en 1934 por el ministro Federico Pinedo como “margen de cambios” y en octubre de 1955 por el gobierno de facto del General Lonardi en la que entiendo fue la primera devaluación "compensada; y luego, como hoy , un derecho o impuesto a la exportación. Más recientemente el tema impositivo giraba en torno a la coporticipación, esto es, el reparto de impuestos entre la Nación y las provincias.

[3] La fórmula oficialista Filmus-Heller fue también la del Partido Comunista y de la dirección del Partido Socialista. Me parece que la oposición al aumento del impuesto inmobiliario no reconoce antecedentes en la historia de ambos partidos, tanto en el país como en el mundo.

[4] Rivadavia hipotecó la tierra de la provincia de Buenos Aires en garantía del préstamo de Baring Brothers y al mismo tiempo la entregó en lotes bajo la figura de la enfiteusis: un derecho real que luego no recogió el Código Civil por el cual no se recibe el dominio sino la posesión, sujeta a un plazo y al pago de un canon, habitualmente anual, al titular del dominio, en este caso, el Estado provincial. El “lease hold” - como opuesto al "freehold”, cercano a nuestro dominio - funciona de un modo similar y es congruente con el sistema jurídico inglés, ajeno al concepto romano de dominio y que privilegia el hecho de la posesión.

[5] Henry George ( 1839-1897 ) popularísimo autor de "Progress and Poverty", considerado por F D Roosevelt " uno de los más grandes pensadores norteamericanos".
Entre nosotros existió una Revista del Impuesto Unico y un Partido Liberal Georgista y tuvieron influencia georgista, entre otros, Arturo Orgaz, Antonio de Tomaso, Amadeo Sabattini, Máximo Castro, Wilfredo Solá, C. Villalobos Domínguez, y los fundadores del diario ”Democracia” - principal órgano que acompañó a la fórmula Perón-Quijano en 1946 - Antonio Molinari y Mauricio Birabent.

[6] Cámara de Diputados de la Nación, sesiones de julio de 1912 y de 24 de agosto ys. de 1914, particularmente intervenciones de Enrique Dickmann y Antonio de Tomaso Juan B. Justo: "La Obra Parlamentaria mayo 1912-abril 1913, Buenos Aires, 1913, p.36, 41,63. Adolfo Dickmann: "Régimen impositivo de la provincia de Buenos Aires", Buenos Aires, 1915. (Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, 18 de diciembre de 1914). Antonio de Tomaso: "Las Finanzas Argentinas", Buenos Aires, 1915.
[7] Los colegios nacionales eran una fuente de empleo para las clases dirigentes provinciales con un costo enorme para la Nación. En 1913, en Jujuy, por ejemplo, un alumno costaba $ 5.550 contra $ 529 en la Capital Federal. Cfr: De Tomaso, op. cit.
[8] La llamada ley Lainez es la 4874 de 1905. En realidad, con anterioridad ya la instrucción primaria provincial se financiaba por el Gobierno nacional: leyes 2737, 3559, 4089, 4154, como así también la mayor parte de la edificación escolar. De Tomaso, op.cit. detalla la distribución de los presupuestos provinciales.
[9] Fueron emblemáticos: Benito Villanueva de Mendoza, Juan Ramón Vidal, de Corrientes, Robustiano Patrón Costas, de Salta, Laureano Landaburu, de San Luis, Eduardo Laurencena, de Entre Ríos, Benjamín Villafañe, de Jujuy.

[10] Hoy rige la Ley 23548 (enero de 1988): “Coparticipación federal de recursos fiscales” que “establece el régimen transitorio” (sic) de distribución entre la Nación y las provincias”. No se ha dictado la “ley convenio” ordenada por el artículo 75 inc. 2 de la Constitución Nacional, de acuerdo a su reforma de 1994.
[11] En países angloparlantes se distingue, correctamente, entre "property tax" - que grava el suelo y lo construido, como una manifestación de riqueza -y "land value tax", de raíz georgista, estrictamente el gravamen al suelo como privilegio de su poseedor y para impedir que aproveche en su beneficio el efecto de la inversión social; entre nosotros, impuesto al mayor valor del suelo.

Felipe González, la China, los Sistemas Fiscales, la Revolución de Mayo y la Escuela de Salamanca.




El ex presidente de gobierno español, Felipe González, advirtió a quien quisiera escuchar: “Ustedes los argentinos tómense más en serio la reforma agraria que ha comenzado en China. Puede pesarles no hacerlo". Desconoce Felipe González -y la inmensa mayoría del pueblo argentino- que en la China se están implementando las ideas de Rivadavia y de Belgrano. "El Derecho y la Propiedad de los Modernos" de la Revolución de Mayo de 1810 defendida a sangre y fuego por San Martin, Urquiza y Alberdi florecieron en la más populosa de las naciones.

En la China no hay una "reforma agraria". En la China hay una revolución de los sistemas fiscales que libera al trabajo, a la inversión y al consumo de la carga de mantener al Estado para poner su peso en la renta de la tierra libre de mejoras. Hoy, por el desarrollo de las ciudades, la renta urbana es mucho más importante que la renta rural.
Desconoce Felipe González que es una revolución moral y jurídica que revive el principio de igualdad de la Revolución Americana -violentada en America Latina por los Códigos Civiles- que significó la restauración del perverso y jerárquico "Derecho y Propiedad Romana". El mismo sistema que destruyó a Roma se está devorando hoy a Occidente.

Una sociedad civilizada de hombres libres sólo se logra mediante sistemas fiscales sustentados por la imposición de los incrementos no ganados del valor de la tierra, es decir, la plusvalía de los suelos.

Bajo el sistema de propiedad romana los sistemas fiscales tienden a ser sustentados progresivamente por inmorales impuestos al trabajo, a la inversión y al consumo generando sociedades jerárquicas -o esclavistas-, corruptas, improductivas, violentas y Bárbaras como la Argentina de hoy.

Los sistemas fiscales sustentados por la imposición de los incrementos no ganados del valor de la tierra evitan la especulación sobre las tierras, por lo tanto, los salarios suben y se evitan las perversas burbujas inmobiliarias que generan el catastrófico ciclo económico.

Como consecuencia de este sistema, la tierra es puesta al servicio de la producción, eliminando la perversa especulación sobre tierras, generando sociedades libres de alta producción constructora de paz y riqueza para todos.

Dijo Juan Bautista Alberdi: “Hija absoluta del trabajo libre, la riqueza moderna escapó del todo a las trascendentes miras del Derecho Romano que, al contrario, deshonró el trabajo haciéndole propio del esclavo, y decoró el pillaje y el latrocinio político con el rango de fuentes legitimas de la propiedad”.

Estas palabras encierran toda una ética de la libertad y de la igualdad que los hombres de la generación de 1880 no supieron comprender, restaurando en la legislación el antiguo regimen, generando así una democracia corrupta, explosiva y autodestructiva.

Las retenciones al agro y el perverso sistema fiscal argentino son consecuencia de la eliminación académica en nuestras Universidades de los principios del liberalismo que incorporaba la Revolución de Mayo de 1810. Los mismos fueron reemplazados por sistemas "neo-liberales" donde la Tierra fue eliminada como factor de producción. El marxismo y el justicialismo en todas sus vertientes -radicales y peronistas, de izquierda o de derecha- están nutridos por estos falsos y perversos principios que logran enfrentar al Trabajo con el Capital -que es trabajo acumulado-. “Combatiendo al capital” dice la marcha peronista, generando el clima de una guerra civil larvada entre argentinos, que cada tanto -cuando se cumple el ciclo económico- emerge como un monstruo devorándose a unos cuantos.

Sin duda, el modelo Chino debería servirnos como un espejo para que los argentinos nos reconozcamos en los principios que deliberadamente decidimos traicionar; hemos pagando un alto precio por ello y efectivamente como sentencia Felipe González, va a pesarnos no volver a ellos.

Tambien parece desconocer Felipe Gonzáles -y la inmensa mayoria del pueblo español- que estas ideas germinaron en la Escuela de Salamanca por los salmantinos Domingo de Soto y Francisco Suárez -entre otros- y que los españoles han pagado un precio muy alto por traicionar esas ideas.
Ustedes los europeos tómense más en serio la revolución que ha comenzado en la China. Va a pesarles no hacerlo.


Por Guillermo Andreau

miércoles, 12 de noviembre de 2008

¿SOY O NO SOY UN NEOLIBERAL? TEST PARA DESCUBRIR UN NEOLIBERAL



Un aporte del Ing. Saúl P. Martínez Tel. (0221) 424 – 2108.-Email: ing_saulm@hotmail.com

Hay buenas razones para pensar que las teorías neoliberales nacieron en las Universidades norteamericanas a fines del Siglo XIX, 1890 en adelante, y creer que fue el recurso educativo utilizado para sepultar las verdaderas premisas que sirvieron en el pasado de fundamento a un nuevo conocimiento de la sociedad que se llamó Economía Política.-
Los fundamentos de esta nueva ciencia, la Economía Política, fueron sistematizados por primera vez por los Fisiócratas franceses, Quesnay, Turgot, Dupont de Nemour, Mirabeau y otros, alrededor de 1760, continuados por Adam Smith,(1776), y corregidos y desarrollados muy claramente finalmente por Henry George, (1881).-
Era un saber científico cuyo fin era ordenar la sociedad de modo que se pudiera erradicar la peste de la milenaria pobreza y cerrar la brecha entre unos pocos muy ricos y legiones de hombres muy pobres, y establecer la libertad por medio del respeto al orden natural establecido por el Creador, dentro del cuerpo político.-
Por eso no se la llamó ciencia económica sino Economía Política.-
Más tarde, otros hombres de igual talento, descubrirían dentro de ella los principios para un buen orden monetario; Silvio Gesell fue uno de ellos.-
A fines del siglo XIX y comienzos del XX, so pretexto de un nuevo conocimiento las Universidades norteamericanas comenzaron a sustituir la economía política clásica por lo que llamaron ciencia neoclásica de lo económico.-
Estas Universidades en los Estados Unidos fueron sostenidas económicamente y gobernadas por los grandes monopolistas del Este norteamericano, dueños de los ferrocarriles, la industria, el comercio y los grandes bancos y los terratenientes que dominaban en propiedad monopólica la mayor parte del territorio norteamericano.-
Se cobraron su aporte financiero asumiendo el derecho a diseñar los planes de estudios en materia económica y la integración de los cuadros docentes.-
La economía política clásica fue desacreditada y finalmente eliminada ocupando su lugar una seudo ciencia de lo económico¨, la que para impresionar más a la gente hacia alarde de fundarse en las matemáticas y en las estadísticas y producir econometristas.-
La estrategia consistió sencillamente en suprimir en la enseñanza de la economía en esas Universidades, el factor TIERRA como integrante de los procesos productivos.- Así ésta, LA NATURALEZA, no intervenía en la distribución de la riqueza y podía considerarse como subsumida en el concepto CAPITAL.-
Simultáneamente el derecho como jurisprudencia – prudencia en el manejo de la ley – sufrió pareja sustitución ; cayó el derecho natural y fue sustituido por el estudio del derecho positivo, leyes dictadas por los gobiernos, que sirvieron para justificar los males sociales provocados por las soluciones y ajustes aconsejados por la nueva enseñanza de lo económico.-


DETECTE A LOS NEOLIBERALES CON 10 Preguntas

1.-Preguntar ¿Cuales son los factores que intervienen en la producción de la Riqueza.-

Si te dice son el CAPITAL y el TRABAJO, es un neoliberal ó un marxista.-


En la producción de riqueza intervienen tres factores perfectamente diferenciados:

(I).-TIERRA, toda la naturaleza ó el espacio, elementos espontáneamente dados en el planeta que no han sido producidos por el hombre.- Factor Pasivo.-
Cronológicamente el primero de los elementos que debe existir, para la vida del hombre y su actividad.-
Son los elementos dados a todos los hombres de las sucesivas generaciones, desde lo sólido, líquido y gaseoso, hasta las invisibles energías y ondas que pueblan el éter y el cosmos.-
Es la madre naturaleza.-

(II).-TRABAJO, la acción manual ó intelectual del ser humano.- Factor Activo.-
Desde el punto de vista humano el factor iniciador en toda producción se exterioriza por el esfuerzo físico ó manual, pero tiene su origen en el cerebro del hombre y más estrictamente en el espíritu del ser humano que principia a ejercitar su intervención sobre la materia y a modificar el mundo material conforme a sus necesidades y sus deseos.-
Es toda la actividad humana desplegada por los hombres en sociedad con el fin de producir riqueza.-

(III).-CAPITAL, es RIQUEZA producida por el trabajo y acumulada para facilitar y aumentar el rendimiento y la eficacia del trabajo en la producción. Hay que definir al Capital como "la riqueza creada por los hombres apto para introucir en la produccion para crear mas riqueza-
Es aquella parte de la riqueza destinada a producir mas riqueza.-


2.- Preguntar ¿De donde salen los salarios?, ó ¿Quien paga los salarios de los trabajadores?.-

Si te dice del CAPITAL ó de los Capitalistas ó de los inversores.- Es un neoliberal.-

El salario de los trabajadores sale de la producción que estos adelantan con su trabajo mensual ó quincenal ó semanal al empleador.-
El producto del trabajo constituye la natural recompensa ó salarios del trabajo.-


3.- Preguntar ¿Qué es Riqueza?

Si te dice : Riqueza son todas las cosas que tienen valor.- Es un neoliberal.-

En Economía Política la Riqueza es solo el resultado del esfuerzo del trabajo cuya consecuencia es la producción.- La Riqueza es entonces, productos ó substancias modificadas por el esfuerzo del trabajo humano, de manera que se adapten, ó que se adapten mejor a la satisfacción de las necesidades ó deseos humanos.-
Es decir Riqueza es el Valor de Producción, (resultado del trabajo humano).-


4.- Preguntar: ¿A qué llamamos TIERRA en Economía Política?

Si te dice: Es el capital de trabajo de los agricultores y ganaderos.- Es un neoliberal.-

TIERRA, en economía política es el factor pasivo en la producción de riqueza.- Se denomina así a todo aquello que esta espontáneamente dado en la naturaleza sin que haya intervenido el hombre en su formación ó creación.-
Es el planeta tierra, que estaba antes de la aparición del primer hombre y posiblemente siga estando cuando la raza humana haya desaparecido.-De él extrae el hombre con su trabajo todos los elementos necesarios para satisfacer sus necesidades y deseos, adaptando, ó modificando cosas espontáneamente dadas en el espacio ó territorio.
Es también el espacio necesario, imprescindible, donde asentar su pie el ser humano y para su vida y habitación.-

5.- Preguntar: ¿Qué es CAPITAL?

Si te dice: Es el elemento principal en la producción de riqueza.- Es un neoliberal.-

El CAPITAL es trabajo acumulado para facilitar ó acelerar la producción de riqueza.-
No hay Capital si previamente no intervino el trabajo para producirlo y acumularlo.-
Es el tercer factor en la producción, no podría existir sin la acción previa del trabajo.-
Debe recordarse siempre que el Capital es riqueza aplicada a auxiliar al trabajo en una posterior producción y que no es un factor primario.-

6.-Preguntar: ¿Cuáles son las Leyes de la Distribución de Riqueza en Economía Política?

Si te dice: que previamente hay que producir para después distribuir.- Es un neoliberal.-


La distribución de la riqueza debe realizarse respetando leyes morales de estricta justicia.- La riqueza es producida por la acción de tres factores: TRABAJO -- TIERRA y CAPITAL.- En consecuencia la riqueza producida por principios morales y de buen orden social existe una pre-distribucion de la riqueza que el derecho positivo debe consagrar para que cada uno reciba lo que merece entre los tres actores intervinientes en proporción a su participación en el proceso productivo.- Al TRABAJO le corresponde integro el equivalente al esfuerzo empeñado representado por los salarios, al CAPITAL integro el interés, que será la retribución correspondiente a la cantidad de trabajo acumulado que demandó su formación, y a la Tierra la Renta del suelo ó Renta Social que corresponde a la sociedad toda, siendo el Estado su representación, esta debe ir integra a la sociedad solventando los gastos del Estado.-
Las Leyes de la distribución de la riqueza son Leyes naturales concernientes al espíritu, al pensamiento y a la moral.-Son inmutables y permanentes.- Pero las cosas sobre las cuales las Leyes naturales de la distribución ejercen su dominio, no son las cosas ya producidas, sino las cosas que van a ser producidas.-Y esto es así porque siendo el deseo ó la necesidad previo a la satisfacción, lógicamente la riqueza ya tiene que estar distribuida antes de producida.-


7.- Preguntar: ¿Cual es la definición de Valor en Economía Política y cuales son sus diferentes clases?.-
Si te dice todo lo que pude cambiarse.- Es un neoliberal.-

Valor en cambio de un objeto esta determinado por el esfuerzo y fatiga que aquí y ahora ahorra a quienes desean adquirirlo.-
El valor no proviene de la cambiabilidad, sino la cambiabilidad del valor, el cual es una expresión del ahorro de trabajo que su posesión implica.-
Y teniendo en cuenta la Ley universal de la Economía Política que expresa que los hombres buscan la satisfacción de sus deseos y necesidades con el menor esfuerzo , una Ley de la cual procede el hecho universal de que en el cambio nadie pagará por una cosa más que el trabajo que le ahorra ó que le costaría producirla.-
El valor de una cosa es la suma de trabajo y obra que su posesión ahorrará al comprador.-

8.- Preguntar: ¿A quienes hay que cobrar impuestos, ó quienes deben pagar impuestos?.-

Si te dice a los que más tienen, a los que ganan mas, a los que mas producen a los empresarios y capitalistas ó a todos los habitantes.- Es un neoliberal.-

En justicia los impuestos deben ser solventados por aquellos valores que produce la sociedad con su progreso y desarrollo y que fácilmente se observan en los mayores valores del territorio donde esta asentada dicha sociedad.- Este mayor valor del suelo por efecto del esfuerzo y actividad creciente de toda la sociedad, llamado en economía Renta Social debe ser el único monto a recaudar para sostener los gastos del Estado.-
Deben en consecuencia suprimirse todos los gravámenes que castigan al productor ó al consumidor de la riqueza producida, desgravando a los trabajadores y a los empresarios de los actuales impuestos que entorpecen la producción y el consumo y traban el progreso y son causa principal de la injusta distribución de la riqueza.-
Observación: Los "impuestos" son siempre "confiscatorios" (hacen del Fisco, lo que es por principio de los particulares). George mismo padecio esta confusion. Cuando la Sociedad, representada por el Gobierno, cobra la renta del suelo no aplica ningun impuesto. En verdad solo recupera, "recauda" para la sociedad lo que es para la sociedad . Algo que, por causa del sistema legal de propiedad, por el momento, esta en poder del particular, no siendo ese su destino. Si uno esta contra los impuestos porque frenan la economia no puede llamar impuesto a lo que la activa (recuperacion del mayor valor del suelo).

9.- Preguntar: ¿Que objetos pueden ser propiedad privada?.-

Si te dice: Todo lo material inclusive la tierra.-. Es un neoliberal.-

La Propiedad solo se justifica por la Producción, pues el hombre es propietario de sus facultades, y por derivación, de todo aquello que produce con su esfuerzo y la aplicación de sus facultades.-
La Tierra, no fue producida por ningún ser humano, y esta dada por el Creador, para todos los seres humanos sin distinción entre los que llegaron antes ó después ó vendrán en el futuro por lo tanto no puede en justicia ser propiedad absoluta de ningún hombre.-
La base de la propiedad es la Ley natural que da el producto al productor.-
Pero eso no puede abarcar la propiedad de la naturaleza, ó el planeta TIERRA, creados por Dios.-
Tampoco la compra ó la venta no pueden conferir, sino solamente transferir propiedad.- La propiedad que no este legitimada por la sanción moral, no la obtendrá por el traspaso de vendedor a comprador.-
Observació sugerida: "Esto es una cuestion de fondo moral. El cual no obsta a que el sistema legal establezca algo distinto , como ocurre como el del Derecho Romano o nuestro Codigo Civil, siempre y cuando se limite la propiedad al uso de la tierra y no ijncluya la apropiacion de su mayor valor por causa la demanda y del desarrollo de la sociedad"

10.- Preguntar: A que se debe la inflación, ó quien produce la inflación
Si te contestan que se debe a la emisión excesiva de circulante, al aumento de los salarios, a la expansión del crédito, al desarrollo de la economía ó al desequilibrio en los términos del intercambio comercial.- Es un neoliberal.-

En una economía monopólica, como la nuestra, la única causa de la inflación se debe a que el Estado como representante de la sociedad, no recupera para su mantenimiento, la Renta Social que es producida por toda la sociedad, en lugar de dejarla en manos de los propietarios del suelo, que aparecen con ese poder de compra no ganado, en el mercado.- )NOTA: no se puede sostener que sea "la unica causa". Hay que explicarlo mas sencillo y mejor. Hay que decir que se trata de una "causa fundamental" que, necesariamente, como en todo sistema, puede generar otras causas derivadas que se "autonomizan").
Cuando un productor, industrial, ganadero, agricultor, empresario, comerciante ó transportista, trabaja, produce y manda al mercado la riqueza producida por el trabajo y su capital, sobre el espacio territorial que ocupa, y por ello adquiere un poder de compra que esta equilibrado con la cantidad de riqueza que envió al mercado.- Frente a esa riqueza el Estado emite moneda representativa de esa riqueza y que equilibra el circulante de billetes y medios de pago, con la riqueza que se envió al mercado.- Este equilibrio entre circulante y riqueza disponible en el mercado no produce inflación, estando equilibrado también el poder de compra presente en el mercado en manos de los productores de riqueza.-
Paralelamente y al mismo tiempo, por efecto del crecimiento de la economía, aumentan los valores inmobiliarios.- Entonces los propietarios del espacio territorial adquieren también un mayor poder de compra por efecto del aumento de los valores del suelo, sin que hayan mandado al mercado ninguna riqueza.- (NOTA 4: No esta del todo bien. El asunto es asi: "El sistema monetario esta integraddo por los mas diversos "valores representativos", como se ha dicho, es decir titulos como dinero, divisas, etc. El caso es que cuando se permite que los partioculares se apropiedadn del mayor valor del suelo su "TITULO DE PROPIEDAD, que es un "valor representativo" aumenta de valor, es decir se "infla" sin que ningun bien más se haya producido. Quien no tiene tierra y necesita acceder a ella debe "pagar mas". En consecuecia comienza la espiral inflacionaria). El Estado también emite moneda, circulante equivalente de ese mayor poder de compra aparecido en el mercado ya que no puede separar ni distinguir las dos clases de poder de compra, la que esta equilibrada con riqueza presente en el mercado y la que no esta equilibrada con ninguna riqueza porque es el resultado de poderes de compra no ganados, en manos del los propietarios del suelo.-
Esta emisión es inflacionaria, y representa los valores de compra no ganados que aparecen cuando el espacio territorial de una Nación esta monopolizado solo por algunos de sus habitantes.- Esta es la única causa de la inflación.-
(ver punto 8 )
La Plata, 25 de Mayo de 2005.-

En la Rca. Argentina las teorías neoliberales aplicadas por los Ministros de Finanzas, durante los distintos gobiernos desde 1930 hasta la fecha, han destruido su economía y empobrecido al pueblo con el resultado de altos índices de desempleo, miseria y marginación.-
Estas políticas equivocadas fueron aplicadas por gobiernos autoritarios surgidos de golpes de estado, y también por gobiernos democráticos legítimamente elegidos, a pesar que había numerosos antecedentes en la Rca. Argentina del conocimiento acerca de las Leyes de Economía Política correctas que gobiernan la producción y distribución de la riqueza.-
Estos antecedentes eran y son:

Gral Manuel Belgrano.- Traducciones de los fisiocratas.- 1796.-
Bernardino Rivadavia.- Ley de Enfiteusis.- 1826.-
Pte. Roque Saenz Peña.- Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo modificando el sistema impositivo nacional.- Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados del 28 de junio de 1912.-
Diputado Carlos J. Rodríguez.- Proyecto de Ley estableciendo el impuesto al mayor valor del suelo, excluidas las mejoras.- Cámara de Diputados, 1919 y 1923
Gobernador de Córdoba Amadeo Sabattini.- Ley 3787 gravando la tierra excluidas las mejoras.- en la Pcia. de Córdoba.- 1938.-