domingo, 16 de octubre de 2011

Conclusiones preliminares al VI Congreso latinoamericano de critica jurídica.



1) Que la brillante, kafkaiana y desmoralizante conferencia inaugural de Claudio Martyniuk sobre NORMATIVIDAD, CRÍTICA Y ESTÉTICA marco el punto de partida al que hemos arribado que ha transformado al derecho en un peligro para la paz y el progreso de America Latina manteniendo en alta tensión de civilización a todo el mundo occidental.

2) Que el responsable de tal situación es el derecho positivo -legium ponere -ley impuesta-- emergente del derecho jerarquico romano, antiguo o de barbarie incorporado en America latina por medio de la codificación civil; contrariando los principios fundantes del derecho natural moderno y científico de las revoluciones Latinoamericanas de principios del Siglo XIX.

3) Que tan desmoralizante situación conduce a bienintencionados intelectuales a la frustración, al desaliento, al abandono y a la resignación que describió angustiado el Dr Correas en su participación en la comisión de “Enseñanza del derecho: enfoques críticos”. Vino a mi mente la imagen de frustración sufrida por el Dr. Juan Bautista Alberdi al ver que su lucha por superar el perverso derecho romano había sido en vano. Su derecho esta en el porvenir.

4) Que el derecho jerárquico reinante en las universidades latinoamericanas debió separar al derecho de la moral como dos instituciones independientes; llevando al derecho a una situación inmoral y absurda en la que se encuentra. El derecho así fundado se ha transformado en la mas peligrosa arma del despotismo al servicio del poder de turno. Como denunciara a este Blog un Jurista argentino “El derecho es un arma de guerra y los jueces se han convertido en combatientes amigos o enemigos -dependiendo de que lado de la trinchera nos encontremos-.

5) Que el peligroso derecho antiguo vigente ha servido para que en nombre de la libertad y con pretensiones de servirla la derecha y la izquierda lo utilicen para justificar las mas grande carnicerías que solo en el Siglo XX se cobro la vida de mas de 186 millones de personas.

6) Que el Siglo XXI ha comenzado con brutales crisis; que es fácil ver a donde nos conduce la marcha emprendida por el peligroso camino del jerárquico derecho romano que pronto superara los récords del Siglo pasado. Que Brasil con mas de 40.000 crímenes por año y México con mas de 10.000 crímenes ya están en guerra civil y que los llamados indignados que brotan en todo el mundo son la antesala de la guerra civil extendida por la geografia dominada por el derecho romano. Una sociedad así cimentada no puede continuar, la ruina de pasados imperios así lo testimonian. Que cuando se ha perdido la esperanza en la reforma, entonces, de las masas enconadas, se volverán a engendrar fuerzas volcánicas, que en cuanto se les presente la ocasión, han de desgarrarlo y destruirlo todo. Que entonces hombres oportunistas y sin escrúpulos, se convierten en intérpretes del ciego deseo o de las violentas pasiones populares y arrinconan a las instituciones que habran perdido su vitalidad.

7) Que lo más preocupante y peligroso sea la clara oposición de académicos en derecho y economía a revisar sus “premisas básicas”. Revisar premisas básicas, someterlas a la critica y tratar de refutarlas, es el principio fundante del derecho como CIENCIA. El noble esfuerzo de los organizadores del VI Congreso Latinoamericano de Critica Jurídica fue claramente saboteado por la Facultad de Derecho de la U.N.L.P y por el Colegio de Abogados organizador. La participación de profesores, alumnos y abogados locales en tal importante evento fue extraordinariamente escasa a nula.

8) Que muchos de los participantes del congreso entienden la crítica como la critica a otros sistemas y teorías y no como una critica a las teorías propias. El objetivo de la Crítica científica es fundamentalmente entrenarnos en “criticar nuestras propias ideas” para “dejar morir nuestras ideas sin necesidad de morir con ellas” Popper. La ciencia no debe buscar la verdad, la ciencia busca el error, para eliminarlo. La eliminación de la mayor cantidad de errores nos aproxima a la verdad; “verdad que al ser objetiva, jamás estaremos en condiciones reconocerla, inclusive si estamos parados sobre ella” Jenofanes 700 a.C.

9) Que es falso que la caída del muro de Berlín significaría el triunfo del derecho jerárquico defendido por el neoliberalismo capitalista. Tan falso como creer que la presente caída del capitalismo global neoliberal pueda significar la posibilidad de reflotar el sistema jurídico del comunismo o su nueva versión socialismo del Siglo XXI . Porque comunismo y capitalismo son las dos alas del mismo pájaro. El pájaro del Derecho romano, antiguo o de barbarie vigente que enfrenta a la sociedad en guerra civil; como enfrento a Roma por más de 500 años hasta su desintegración.

10) Que el Derecho jerárquico romano debe ser reempezado por el Derecho natural igualitario y científico basado en un principio de orden “porque la ciencia el derecho como la geometría, subsiste por puntos fundantes y fecundantes.”…. “Lejos de que las leyes, es decir, las disposiciones expresas del poder constituyan el derecho, ellas logran corromperlo y desnaturalizarlo….,” (Karl von Savigny “De la vocación de nuestro siglo para la legislación y la jurisprudencia”).

11) Que el principio fundante del derecho natural “es una verdad evidente por si misma: que todos lo hombres son creados iguales”. Que todos son iguales en la medida que cada uno es libre y cada uno es libre, en la medida que es dueño del total del fruto de su trabajo. Este principio de orden es opuesto al sistema romano jerárquico de impuestos al trabajo para sostener al estado. “Y cuando una forma de gobierno se vuelve destructora de este principio, el pueblo tiene derecho a abolirla e instituir un nuevo gobierno que base sus cimientos en dichos principios”. Declaración de Independencia de los EE.UU..

12) Que dicho principio es defendido por la Escuela de Salamanca que en palabras de Juan de Mariana afirma “Es deber del buen cristiano matar al rey despótico” entendiendo por despótico al rey que ose cobrar impuestos.
2) Que Tomas Hobbes parte de un principio errado ya que la guerra civil y “el hombre lobo del hombre”, surgen como consecuencia del derecho jerarquico romano y no del estado de naturaleza. Que contrariamente a lo enunciado por Hobbes el hombre en estado de naturaleza se asocia y coopera para lograr cohesión social como lo demuestra la historia de la humanidad.
3) Que el “contrato social” y el Leviatán tienden a dar fundamento teórico y practico al absolutismo político y a sostener el sistema tributario emergente del derecho romano; ya que es falso que del derecho natural emerja el contrato social mediante el cual cada hombre renuncia o transfiere su derecho a un poder absoluto que le garantice el estado de paz.
4) Que a partir de Hobbes piensan y escriben Spinoza, Pufendorf, Locke, Hume, Diderot, Rouseau, Kant, Hegel, Marx…, retomando sus argumentos para deconstruirlos y reconstruirlos por su particular visión. Augusto Comte reconoció a Thomas Hobbes como uno de sus grandes maestros; a partir de él construye Max Weber su sociología política.
5) Que esta escuela eclipso a la de Salamanca logrando el ascenso de los peligrosos nacionalismos en detrimento de una cada vez mayor fragmentación del poder y del sistema rentístico a favor del sistema tributario centralista y absolutista. Que todo esto significo una involución en la larga historia de la lucha humana contra el absolutismo político, por la independencia, la libertad y la igualdad.

13) Que del “derecho natural” emerge un sistema económico igualmente científico cuyo principio de orden económico es el sistema rentístico de recursos del estado que toma el valor, no de las mercaderías fruto del trabajo, sino del aumento del valor de la tierra que se produce “no” por la acción del dueño sino como consecuencias del aumento de las demandas sociales. Si el valor de la tierra lo produce la sociedad ese valor debe ir a quien lo produce: “la sociedad” para sostener su gasto publico. Principio de orden emergente del Catolicismo primitivo o no romano definido en la ley Mosaica Levítico 25:23 que es “fuente de toda razón y justicia”. Principio reafirmado por la Economía Clásica y por las grandes revoluciones: la inglesa, la americana, la francesa y la latinoamericana de 1810.

14) Que para eludir el sistema económico y rentístico de la economía clásica emergente del derecho natural, los modernos intelectuales han estatuido el estudio del “Law and Economics” que construido en base a supuestos pseudo científicos ha intentado sostener el derecho jerárquico romano y el neoliberalismo capitalista global. Sus resultados han sido extraordinariamente escasos y sus consecuencias están a la vista “un total, rotundo y peligroso fracaso”.

15) Que el perfil de nuestros economistas, abogados y políticos; como el perfil de nuestros jueces depende de que tipo de derecho se enseñe en nuestras universidades a) Romano tributario de barbarie y codificado; o b) derecho natural, rentístico, de civilización y científico.

16) Que del tipo de derecho que se enseñe dependerá el orden económico, político, social y cultural. La guerra civil perpetua o la fraternidad son sus consecuencias.

17) Que el objetivo del derecho natural fue escapar del todo a las trascendentes miras del derecho romano que degrado el trabajo, mediante impuestos, hasta hacerlo digno del esclavo y realzó el robo y el latrocinio político como fuente genuina de la propiedad, al permitir al apropiación de la renta publica.

18) Que a poco de reestablecer el derecho romano mediante la sanción del código civil fue necesario la sanción de un código penal para castigar a los perdedores del derecho jerarquico.

19) Que como consecuencia de desconocer los derechos fundamentales como principio de orden del derecho natural pronto fue necesario la creación de "derechos sociales" para intentar corregir los desequilibrios engendrados por el sistema romano y mas tarde la creación de derechos humanos que atestiguan la notable decadencia de la condición humana conseguida por el derecho romano.

20) Que las nuevas constituciones en America latina deben reponer el sistema principista del derecho natural. Que las mismas deben contar con el principio de no contradicción a los derechos fundamentales o individuales que se completa con un explicito control judicial de constitucionalidad.

21) Que las nuevas constituciones deben explicar claramente que las rentas y no los impuestos son los recursos del estado en sociedades civilizadas.

22) Que es necesario observar la critica jurídica realizada por la China la cual reconoce dos vertientes a) la necesidad de haber tenido que asesinar a mas de 50 millones de chinos para sostener en pie la revolución cultural y b) el choque que significo el enfrentarse a los frutos del derecho natural reinante en las ex colonias británicas Hong Kong; Singapur, Australia y Nueva Zelandia. Las ideas reinante hoy en la China son las mismas que portaban Belgrano y los revolucionarios en 1810 y que desarrollo Juan Bautista Alberdi en su obra.

23) Que el sistema rentístico emergente del derecho natural triplica la capacidad de compra del salario del trabajador terminando rápidamente con todos los conflictos sociales, reponiendo “la noble igualdad” principio rector de las revoluciones latinoamericanas. El índice de Gini bajaria en picada y con ella desapareceria la violencia social. Paulatinamente se irán vaciando las cárceles.

24) Que el sistema rentístico del derecho natural elimina el carácter especulativo a la tierra y la pone al servicio del hombre para vivir y trabajar.

25) Que el derecho natural transforma a la sociedad en industrial, de alta productividad y de alta calidad de vida para “todos”.

26) Que si queremos salvar a occidente de la barbarie lejos de ignorar desdeñosamente los argumentos del Derecho romano, es preciso refutarlos.

27) Que como consecuencia de la presente crisis del capitalismo global se logre la desintegración del poder absoluto de las naciones y se reconstruya la autonomía política y económica de los municipios logrando la mas amplia fragmentación del poder posible. De ese proceso resurgirá la "democracia real", el federalismo y la república tres instituciones emergentes del Derecho natural y rentistico y no del derecho tributario romano dominante hoy.

28) Que los revolucionarios latinoamericanos de 1810 Manuel Belgrano y Juan Bautista Alberdi eran hombres del futuro y nos han dejado en sus obras el hilo de Ariadna para poder salir del laberinto en que nos encontramos.

Por Ing. Guillermo ANDREAU Director del Blog de Critica Juridica "El Relativismo Juridico"

1 comentario:

Daniel dijo...

Solamente queremos aclarar que estas conclusiones no han sido generadas por los participantes de la VI Conferencia sino que son conclusiones que el autor del blog asume personalmente.
Daniel S. y Blanca M.
Miembros del Comité Organizador