viernes, 28 de abril de 2017

Sobre el Origen Jurídico de la Pobreza y Riqueza

10 de abril de 2017 Salón Avellaneda, Instituto de Investigaciones "Ambrosio Gioja"  Facultad de Derecho UBA

SOBRE EL ORIGEN JURÍDICO DE LA POBREZA Y RIQUEZA
La doctrina de Tomas de Aquino dio vuelta los principios del cristianismo -Justicia y Búsqueda de la Verdad- para adaptarlos a Aristoteles, que en el libro sobre la justicia, la hace jerárquica: "Justicia para los hombres libres e iguales -los poderosos- y no para los esclavos -trabajadores-". El principio que genero la caída de pasados imperios, vuelve al centro de la escena en el Siglo XIII.
La nueva doctrina fue impuesta con el hierro candente y la hoguera de la Inquisición, generando un trauma muy difícil de superar. Los franciscanos de la época consideran a Aquino y a Juan XXII "el anticristo".
Los Franciscanos decimos: "no poseemos nada, todo lo tenemos en uso" -debemos pagar por su uso "sistema rentistico de la constitución argentina de 1853", según Levítico 25:23-.
Aquino decía: "podéis consideraros poseedores, siempre y cuando, si a alguien le faltase algo que vosotros poseyerais, le concedais su uso, y no por caridad sino por obligación".
La obligación de la caridad subsanaría la injusticia generada por el derecho y la propiedad antigua o romana menguando la desigualdad y la violencia, al tiempo que convertiría al ladrón -apropiador de la renta publica- en un ser caritativo, un prohombre de la sociedad. Así la Constitución Civil de 1869 sirvió para que los ricos le roben a los pobres, luego el derecho penal impediría que los pobres le roben a los ricos.
La Doctrina Social de la Iglesia continua el camino en el Siglo XX, crea "derechos sociales" para sostener el derecho y la propiedad pagana, injusticia que en ese periodo de cobraría 186 millones de muertos. Las constitución social de 1949 fue la secularización del fenómeno, que confirma la corrupción del derecho y de la ciencia económica -iniciada por el Código Civil-, separando la moral del derecho como dos entes independientes. 
El error del justicialismo fue no exigir el restablecimiento de la justicia mediante la implementación del derecho y propiedad moderna que surge de la Declaración de Derechos de la Constitución Argentina de 1853 y de su sistema de rentas de 1854. según la Ley de Enfiteusis de la Revolución de Mayo de 1810.
El colapso actual de la justicia tiene su raíz mas profunda en los fenómenos descritos generando gran tensión de civilización.





Entre la Ceguera y el Trauma 

 






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